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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

¿Otro desacato?

En la primera columna que publiqué, el 11 de septiembre del 2012, recogí el caso de la señora Lauriana Del Villar, quien reclamaba una pensión de sobrevivencia a la Junta de Retiros de las Fuerzas Armadas en su condición de viuda de un militar retirado, que le fue negada alegando que no estaban casados. El TC reconoció el derecho de la viuda a recibir esa pensión (TC-012-12). Un año después, Del Villar tuvo que accionar nuevamente, esta vez contra el Ministerio de Hacienda, para solicitar el traspaso de la pensión que recibía su difunto esposo, pero además el pago retroactivo por un monto de 358,190 pesos, correspondiente a 70 meses atrasados. En el 2019, el Tribunal Constitucional ordenó a Hacienda pagar la pensión de sobrevivencia en beneficio de la viuda y saldar las sumas que ha dejado de percibir, desde el 24 de marzo del 2008. Esto significa que el mandato contenido en el fallo del 2012 no fue acatado. (TC-371-19).

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