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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Desacato

En septiembre del 2018 reseñé una sentencia del Tribunal Constitucional, que ordenó al Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) entregar un apartamento en Invivienda Santo Domingo a una familia que le fue asignado en el año 1983.

En esa fecha fue publicado el dispositivo de la decisión. Luego, en noviembre, fue dada la sentencia íntegra, y en diciembre se procedió a su notificación.

Más tarde, en marzo del 2019, cuatro meses después de la notificación, volví a escribir sobre el caso, pero indicando que no había sido cumplido el fallo.

El 16 de septiembre pasado recibí, con asombro, vía correo electrónico, una denuncia de la familia, estableciendo que todavía no ha sido acatada la decisión del Tribunal Constitucional, que son definitivas y constituyen precedentes vinculantes. (TC-428-18).

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