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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Ley de Partidos

Aunque son cuatro las acciones contra la Ley 33-18 decididas por el Tribunal Constitucional, solo dos han tenido impacto. Primero declaró la inconstitucionalidad del texto que penaliza la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales en la precampaña electoral.

Luego anuló la parte de un artículo que daba poder a la cúpula de los partidos para decidir la modalidad para seleccionar a sus candidatos, disponiendo que sean los organismos que señalen los estatutos. Han sido declaradas inadmisibles otras dos instancias, pero han pasado inadvertidos. Fue declarada inadmisible la acción contra los artículos 8 y 54, que contemplan la renuncia automática de afiliación y la cuota de un 10% de candidaturas para la juventud. Tampoco admitió otra acción que atacaba varios artículos. De las 9 impugnaciones presentadas, quedan 5 pendientes de fallo. (0063/19 - comunicados).

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