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PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

Justicia Social

La aparición del sistema capitalista trajo consigo el reclamo de los trabajadores por mejores condiciones salariales y de trabajo. Algunos pensadores denominaron estos reclamos con el nombre de “cuestión social”, posteriormente se transformó en el concepto de “justicia social”.

En el Siglo XVII, el sacerdote italiano, filósofo y teólogo Luigi Taparelli D’Azeglio, acuñó el término de “justicia social”, recogido en su libro “Ensayo teórico del derecho natural apoyado en los hechos”. Los hechos en los que se fundamentó Taparelli tienen su origen en los conflictos obreros durante el establecimiento del maquinismo y la sociedad industrial.

Medio siglo después, el término “justicia social” aparece en Inglaterra en los “Ensayos fabianos sobre el socialismo”. En este modelo, la justicia social es una finalidad ética por excelencia, que procura cambios sin revolución armada hacia la social democracia. El modelo Fabiano fue adoptado además de Inglaterra, por Francia y Argentina. En Inglaterra fue impulsado por el Primer Ministro David Lloyd George (1916 -1922); en Francia, el Partido Socialista lo asumió a través de Auguste Marie Joseph y Jean Léon JaurËs; y en Argentina el Partido Socialista lo incorpora a través del legislador y político Alfredo Palacios en 1904.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT), creada luego de la primera Guerra Mundial, incorpora el concepto de justicia social en su documento constitutivo, como fundamento indispensable para la paz universal.

En el Siglo XX, la iglesia Católica, con el Papa Pío X, asume el término justicia social como doctrina social de la iglesia, indicando que “la justicia social es un límite al que debe sujetarse la distribución de la riqueza en una sociedad, de modo tal que se reduzca la diferencia entre los ricos y los necesitados”.

A partir de entonces, el estado de bienestar y el derecho laboral se vincularon estrechamente con la idea de justicia social.

Hablar de justicia social, implica que existen grandes desigualdades que se traducen en “injusticia social”. El concepto “justicia social” se corresponde con la justicia distributiva de Aristóteles o con la idea clásica de justicia. Igualdad de oportunidades, estado de bienestar, la pobreza, la distribución de los ingresos, los derechos laborales y sindicales y la igualdad social son los temas que interesan a la justicia social.

Estos temas son fundamentales en el diseño de las políticas públicas. De ahí que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), estableció mediante Resolución No. 62/10 aprobada por la Asamblea General de ese organismo el 26 de noviembre del año 2007, el 20 de febrero de cada año, como Día Mundial de la Justicia Social.

El referido documento “reconoce que el desarrollo social y la justicia social son indispensables para la consecución y el mantenimiento de la paz y la seguridad en las naciones y entre ellas” y que “para sostener el desarrollo social y la justicia social, es necesario un crecimiento económico de base amplia y sostenido.”

En el marco de su nonagésima séptima reunión, en Ginebra, el 10 de junio del año 2008, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa. En esta declaración la OIT expresa que “en un contexto mundial de interdependencia y complejidad crecientes, así como de internacionalización de la producción: los valores fundamentales de libertad, dignidad humana, justicia social, seguridad y no discriminación son esenciales para un desarrollo y una eficacia sostenibles en materia económica y social.”

De esta manera, al analizar hoy el concepto de justicia social, observamos que comprende tres elementos fundamentales para las democracias contemporáneas: justicia social como la distribución de bienes, recursos materiales, culturales y capacidades; justicia social como el reconocimiento y respeto de todas las personas con la existencia de relaciones justas dentro de la sociedad; y justicia social como la participación de las personas en las decisiones que afectan a sus propias vidas, asegurando que sean capaces de tener una activa y equitativa participación en la sociedad. La Constitución Dominicana en su artículo 8 establece como función esencial del Estado “la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.”

Más adelante, en el artículo 217 de la Carta Magna se especifica que el régimen económico del país se fundamenta en el “crecimiento económico, la redistribución de la riqueza, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial y la sostenibilidad ambiental (Ö)”.

De igual manera, la Ley 1-12 sobre Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 (END) plantea la justicia social como uno de los elementos que componen la visión país que se desea alcanzar a largo plazo.

Como vemos, la Constitución y la END recogen los tres sentidos que orientan la justicia social, alineadas con los planteamientos de la ONU: una transición justa hacia economías y sociedades ambientalmente sostenibles para todos.

Ban Ki-moon, exsecretario General de la ONU, en un mensaje con motivo de la celebración del día mundial de la justicia social expresó: “Tenemos que construir sociedades inclusivas, promover el trabajo decente, reforzar los niveles mínimos de protección social e incluir a quienes viven marginados”.

Para Ban Ki-moon, el aumento en la exclusión, la desigualdad y la discriminación es un indicador de que la justicia social debe ocupar un lugar central en las políticas e iniciativas de los Estados.

La justicia social es un imperativo ético, político y jurídico del Estado, así como un deber moral de todos los ciudadanos, pues como dijera Juan Somavia, director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el período comprendido del 4 de marzo del año 1999 al 30 de septiembre del año 2012: “Trabajar para la justicia social constituye nuestra valoración del pasado, y nuestro mandato para el futuro.”

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