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Trump y el derecho a la nacionalidad

Algunos califican de politiqueras las declaraciones del presidente Donald Trump anunciando que estudia la posibilidad de revocar el derecho a la nacionalidad a los hijos de inmigrantes ilegales nacidos en territorio estadounidenses, y las entienden como una movida más dirigida a enardecer sus bases de cara a las elecciones de medio término a celebrarse mañana en los Estados Unidos.

Trump ha utilizado consistentemente el tema migratorio que cala en esa “América Profunda” blanca y protestante que le dio la victoria en el año 2016, y lo hace nuevamente en esta recta final de la campaña asustando con la caravana de centroamericanos que atraviesa México en dirección a la frontera con el fin de solicitar asilo… Por lo que existe la posibilidad de que esta amenaza de revocar el derecho a la nacionalidad por nacimiento no sea más que otra arenga antiinmigrante de Trump, y que concluido el proceso electoral desista de emitir la orden ejecutiva con que amenaza.

Pero al margen de la retórica antiinmigrante y de cara únicamente a sus intereses nacionales, a la República Dominicana le convendría que este intrépido presidente cumpla con su advertencia y rete al Supremo a conocer sobre el modelo de otorgamiento de la nacionalidad estadounidense.

El alcance de la décimo cuarta enmienda de la Constitución ---que declara ciudadano a todas las personas nacidas en territorio de los Estados Unidos--- ha sido objeto de debates desde hace años, y no pocos entienden que la Suprema Corte debería pronunciarse sobre este aspecto que no aborda de manera directa desde hace más de cien años, cuando los términos “inmigrante ilegal” e “indocumentado” no formaban parte del debate jurídico-político en esa nación.

Esta enmienda, que forma parte de lo que se conoce como “Las Enmiendas de la Reconstrucción” y que fue ratificada unos pocos años después de concluida la Guerra Civil, fundamentalmente buscaba establecer derechos igualitarios para los antiguos esclavos emancipados tras la victoria de la Unión, que no tenían derecho a la nacionalidad ni estaban protegidos por los demás derechos que otorga la Constitución.

Pero como siempre se ha interpretado en un sentido amplio, sin limitaciones de contexto histórico, Estados Unidos es uno de los pocos países del mundo con un Jus Solis abierto y absoluto que otorga sin limitaciones la ciudadanía estadounidense a todo el que nazca en ese país.

Algunos entienden que para modificar ese sentido absoluto del Jus Solis es necesaria una enmienda constitucional, algo que resulta casi imposible… Otros, sin embargo, plantean que la voluntad de los congresistas que la propusieron en el año de 1868 se limitaba a reconocer unos derechos que les eran negados a los antiguos esclavos, y que no estaban pensando en migrantes de ninguna categoría o nacionalidad ni motivados en incentivar la migración, y que por tanto la Suprema Corte puede hacer una interpretación originalista del texto de esa enmienda y limitar, con una sentencia, el alcance del derecho a la nacionalidad.

Esta visión ha ido tomando cuerpo, y son cada vez más las voces que se elevan solicitando que los poderes públicos revisen y limiten el alcance del derecho a la nacionalidad por nacimiento, en la medida que el peso de la migración ilegal ha modificado la composición demográfica de la sociedad estadounidense y ese país se ha convertido en un paritorio para ciento de miles de inmigrantes ilegales.

En las discusiones sobre la reforma migratoria que propuso el presidente Obama, congresistas republicanos intentaron establecer limitaciones en el Jus Solis a los hijos de inmigrantes ilegales… Y ahora Trump retoma el asunto. Sabe que un proyecto de ley con estas características tendría pocas posibilidades de avanzar en el Congreso, y por ello amenaza con establecer esas limitaciones mediante una orden ejecutiva.

Pero sea por ley o decreto, una medida de semejante trascendencia llegaría a la Suprema Corte, que con una mayoría conservadora que perdurará por décadas, podría acoger una interpretación constitucional que limite el alcance del Jus Solis… Y una sentencia de esa naturaleza sería referencial, y podría marcar un cambio de tendencia jurisprudencial sobre el alcance de los derechos emanados de la transgresión a las leyes y las competencias de los Estados en la determinación y regulación de la nacionalidad.

Para República Dominicana seria transcendental, ya que reforzaría los criterios establecidos en la Constitución para el otorgamiento de la nacionalidad así como la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional… Dos pilares jurídicos que constituyen un valladar en la defensa de la integridad de la nacionalidad dominicana… Amenazada por miles de madres haitianas que se aprovechan del sistema público de salud para parir gratis a este lado de la frontera, y la intención de Organismos Multilaterales ---como el inefable Sistema Interamericano de Derechos Humanos-- - que pretenden imponer límites a la discrecionalidad del Estado Dominicano para establecer los criterios de acceso a la nacionalidad.

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