POLITICUSWEB

Cuáles consecuencias tendrá la nueva distribución de diputados

República Dominicana inicia este año un escabroso camino hasta las elecciones presidenciales, congresionales y municipales de 2020. Uno de los temas a resolver de inmediato es la nueva distribución de diputados, según establece la Constitución de 2010. O sea, que se eliminarán escaños a ocho provincias para añadirlos a otras dos atendiendo su densidad poblacional.

Podría pensarse que como es un mandato constitucional no entraña ninguna dificultad. Pero en este campo las decisiones no son tan simples, porque los partidos políticos dominicanos tradicionalmente se han encargado de enrarecerlas para provecho propio.

Si la Junta Central Electoral (JCE), que tiene la atribución de aplicar esta disposición, se duerme en sus laureles la partidocracia le pasará factura. Ya ocurrió para las elecciones de 2016, que cuando el tribunal de comicios trató de reaccionar lo habían sorprendido fuera de base.

¿Qué sucedió entonces? Sencillo. La Junta Central Electoral se dio cuenta el 5 de julio de 2015 que la Constitución vigente establecía en su artículo 81, numeral uno que la Cámara de Diputados debía estar compuesta por 178 diputados, distribuidos en proporción a la densidad poblacional, sin que en ningún caso sean menos de dos los representantes por cada provincia.

Ese dispositivo implica un cambio del criterio utilizado hasta el momento para la distribución de los escaños por provincia, que era de un diputado por cada 50,000 habitantes o fracción mayor de 25,000. No obstante, la regla quedaría luego de la Constitución de 2010 bajo el régimen de las cifras oficiales reveladas en el IX Censo Nacional de Población y Vivienda, realizado en el período comprendido del 1 al 7 de diciembre de 2010.

Rigiéndose por estas premisas, el pleno de la JCE dictó la resolución número 6/2015, el 5 de julio de 2015, para aplicar la nueva metodología, la cual de inmediato fue objetada por el gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD), así como el principal de la oposición, el Revolucionario Moderno (PRM), que ya habían catapultado sus candidaturas escogidas mediante traumáticos repartos.

Las contradicciones no se hicieron esperar. Llegaron a tal extremo, que cuando el presidente de la JCE, para la ocasión Roberto Rosario, advirtió que nada lo haría violar la Constitución, el PLD sometió un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo, sustentado en que ya los partidos habían realizado sus convenciones y escogido las representaciones bajo la vieja modalidad.

En medio del debate, el Tribunal Superior Administrativo sorprendió al país con su sentencia del 20 de enero de 2016, ordenando a la JCE suspender la aplicación de su resolución. Rosario y el pleno del tribunal electoral no tuvieron más alternativa que volver sobre sus pasos ante el fallo judicial. El 30 de ese mes se emitió otra resolución, la número 12/2016, para dejar todo como estaba y aplicar el dictamen constitucional en los comicios siguientes.

Ahora la JCE acaba de emitir una nueva resolución que dejará ocho provincias con un diputado menos cada una, en las elecciones del 17 de mayo de 2020. Mientras las provincias que se beneficiarán de la redistribución serán la de Santo Domingo, que aumenta siete, y La Altagracia, un diputado más.

En efecto, estas demarcaciones serán Monte Plata, de cuatro baja a tres; Barahona, de cuatro pasa a tres; Espaillat, de cinco pasa a cuatro; San Juan, de cinco baja a cuatro; Duarte, de seis pasa a cinco; San Pedro de Macorís, de seis escaños pasa a cinco; La Vega, de ocho baja a siete y San Cristóbal, de 11 diputados baja a diez.

Vamos a esperar cuáles serán en esta ocasión las conclusiones, comentarios, observaciones y los pronunciamientos de los partidos políticos reconocidos, cuando se celebre la audiencia pública a la que serán convocados tras concluya el plazo de 30 días calendario otorgado por la JCE al efecto.

Tags relacionados