JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Violación de precedente constitucional

Invocando violación de un precedente constitucional, el señor Valerio García recurrió ante el Tribunal Constitucional una sentencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en torno a una litis sobre terrenos registrados.

Ese expediente fue recurrido al TC por segunda ocasión, pues en diciembre del 2014, había sido fallado en la Corte Constitucional, que dispuso la nulidad de la sentencia recurrida y devolvió el caso a la SCJ para que lo conozca de nuevo, al verificar violación del derecho de defensa y de propiedad.

Luego, la SCJ rechazó otra vez el recurso de García, por lo cual éste elevó otro recurso al TC, en contra del fallo emitido el 17 de febrero del 2016. El TC acogió otra vez el recurso de revisión de decisión jurisdiccional, anuló la sentencia recurrida y ordenó el envío del expediente a la SCJ, por segunda oportunidad, mediante fallo publicado el 30 de junio del 2017.

El TC determinó que hubo vulneración tanto de un precedente constitucional, como del derecho a la defensa del recurrente. Consideró que la imputación de violación de un precedente del TC constituye uno de los supuestos previstos para admitir la revisión de una sentencia y advirtió que “su desconocimiento implicaría desacatar el mandato constitucional de que sus decisiones son definitivas e irrevocables y vinculan a todos los poderes públicos y órganos del Estado”.

Recordó “que cuando se produce la anulación de la sentencia recurrida el tribunal receptor de la decisión no solo debe conocer nuevamente del caso, sino que deberá hacerlo siguiendo el criterio expuesto por el Tribunal Constitucional, respecto a la vulneración del derecho fundamental que motivó la decisión”.

Precisó que con su actuación, la SCJ ha desconocido el precedente contenido en la Sentencia TC/0404/14, del 30 de diciembre del año 2014. (TC0360/17).

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