Petición al ministro Montalvo

Avatar del Listín Diario
Vinicio A. Castillo SemánSanto Domingo

El pasado miércoles hice una petición pública al Ministro de la Presidencia, licenciado Gustavo Montalvo, quien encabezó la Comisión que representó a nuestro país en Juana Méndez, Haití, para que explicara los alcances del compromiso asumido a nombre de la República con el vecino estado haitiano, en la creación de una “nueva legislación” para los casos no contemplados en el decreto de regularización, recientemente dado a conocer por el Poder Ejecutivo. Repetía el líder y fundador del PLD, profesor Juan Bosch, a quien oía desde niño en los programas de radio y televisión, que “en política hay cosas que se ven y cosas que no se ven; y las que no se ven suelen ser más importantes que las que se ven”. Lo que el país vio en las fotos y reseñas fue muchas sonrisas y camaradería, de lo cual nos alegramos enormemente, siempre y cuando en las cosas que no se vieron los intereses vitales de nuestro país fueron defendidos con valor y firmeza. Apenas unas horas después de hacer la aludida petición al Ministro Montalvo, el canciller haitiano, Pierre-Richard Casimir, dio una rueda de prensa en Puerto Príncipe, demostrando muy claramente que Haití no ha desistido de su pretensión de anular el fallo del Tribunal Constitucional, como en apariencia se la había informado al país horas antes, después de los abrazos y la camaradería. El canciller haitiano reveló que el Plan Nacional de Regularización presentado por el gobierno dominicano no resolvía el tema de “apatridia”, generado supuestamente por el fallo del TC, agregando que el Ministro Montalvo, con quien el Primer Ministro Lamothe se reunió de manera previa, a solas, 45 minutos, antes del inicio formal de las conversaciones de las comisiones bilaterales, había prometido “resolver ese problema con la nueva legislación”. Cuando leimos la declaración del canciller entendimos porqué los haitianos salieron “tan contentos”. Ellos entendieron, al parecer (y de ahí mi petición a Montalvo), que se les prometió una vía legislativa para anular el fallo del TC, que es precisamente lo que reconocidos traidores del patio han estado planteando como posible solución. El uso del término “apatridia” por parte del canciller haitiano implica que Haití no reconoce como sus ciudadanos a los hijos de haitianos nacidos en el país, afectados por la sentencia, desconociendo que el Artículo 9 de su Constitución es muy claro al señalar que los hijos de haitianos son haitianos nazcan donde nazcan, a través del vínculo del” jus sanguinis”. Ha sido esa tesis de la supuesta “apatridia” el eje central de su campaña internacional contra la República Dominicana y el fallo del TC. Y eso exactamente fue lo que repitió el canciller haitiano, horas después de lo de Juana Méndez El Ministro Gustavo Montalvo sabe perfectamente que hace más de un mes existe un proyecto consensuado por el Consejo Nacional de Migración y el Presidente de la JCE, que él mismo anunció estaba listo para ser enviado al Congreso, según reseñó el periódico El Caribe de fecha 3 de diciembre de 2013. El proyecto de Ley Especial de Naturalización consensuado respeta el fallo del Tribunal Constitucional y le da a los 14,000 casos afectados por la Sentencia 168-13 la oportunidad justa, rápida y humana de naturalizarse sin costo alguno, obviando los requisitos de la ley vigente de naturalización. Pero, sin ser automática ni general, sino caso por caso y en función de que si el ciudadano quiere acogerse a ese proceso o mantener la nacionalidad de sus padres. “Lo que no se ve”, como decía Juan Bosch, es que hay un intenso “laborantismo” alrededor del despacho del Ministro de la Presidencia, para que el proyecto de ley consensuado en el Ejecutivo sea variado, sea general y automático (pedido de la CIDH) y, lo que es peor aún, que se abra su ámbito a todo aquél ciudadano haitiano que diga haber nacido aquí antes del 2010, con lo cual se estarían violando de forma flagrante los criterios sentados por el fallo de la SCJ del 2005, ratificado por el TC y las Constituciones vigentes desde 1929 a la fecha. Desde el punto de vista jurídico, el marco legal vigente son los tratados firmados (Acuerdo de Washington de 1938, su Modus Operandi de 1939 y los Convenios y Acuerdos emanados al amparo de la Comisión Bilateral establecida por Acuerdo de marzo de 1936, Memorándum de entendimiento del 19 de junio de 1938, el Protocolo de Entendimiento Sobre Mecanismo de Repatriación de 1999 y Declaración de las Condiciones de Contratación de sus Nacionales del 22 de febrero del 2000).; Todos estos instrumentos válidos y vigentes no pueden ser desconocidos por ninguna Comisión, al momento de sentarse con sus pares haitianos. El Ministro Montalvo no puede comprometer al país en esas conversaciones, sino a través de un tratado internacional refrendado por el Congreso. Y conforme al Artículo 185 de la Constitución de la República, tanto ese eventual tratado o acuerdo con Haití, como la ley que se derive de dicho acuerdo entre los dos Estados, tienen que ser sometidos al control preventivo de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. El Artículo 185 establece: “El Tribunal Constitucional será competente para conocer en única instanciaÖ. 2) El control preventivo de los tratados internacionales antes de su ratificación por el órgano legislativo”. Si esa nueva legislación respeta el fallo del Tribunal Constitucional y la soberanía de la República Dominicana, no le quepa ninguna duda al Ministro Montalvo que seremos los primeros en aplaudirle y reconocerle. Si desgraciadamente, por cualquier circunstancia, se vacila o se cede en la firmeza de la defensa de la República a través de esa nueva ley, estaremos de manera resuelta enfrentados a tal aventura, sin importar las consecuencias.

Tags relacionados