TRIBUNA ABIERTA
ADARS aclara que permite elegir a los afiliados
Señor Miguel Franjul Director Periódico Listín Diario Paseo de los Periodistas No.52, Ens. Miraflores Ciudad.– Referencia: Artículo de fecha 20 de junio, 2010, bajo la firma de Fray Junípero Casablanca, titulado “ARS se deben juzgar por su desempeño”.
Estimado señor director: En relación al artículo de referencia nos permitimos hacerle algunas puntualizaciones sobre los juicios de valor emitidos sobre las Administradoras de Riesgo de Salud, que no se corresponden con la verdad.
1.- En primer lugar, aclaramos que toda persona que figure en una nómina como empleado debe ser reportado a la Tesorería de la Seguridad Social y ésta a su vez sortea a qué ARS va el empleado, este se acepta sin importar su condición de salud, de la misma forma como se aceptan los dependientes (padres y madres).
2.- Nuestro sector ha sido el precursor en respetar y hacer que se respete el principio de “La libre elección” establecido en el artículo 3 de la Ley 87-01 que reza: “Los afiliados tendrán derecho a seleccionar a cualquier Administrador y Proveedor de servicios acreditados, así como a cambiarlo cuando lo consideren conveniente, de acuerdo a las condiciones establecidas en la presente ley”.
Tanto nos hemos empeñado en que se respete este principio que cuando se trató de vulnerar este derecho a los empleados públicos acudimos a los tribunales de la República a demandar su cumplimiento, iniciativa que fue acogida mediante la sentencia No.0078-2008 del Tribunal Contencioso Tributario y Administrador d/f 07/08/2008.
Además se trata de un principio consagrado en nuestra Constitución y que tanto no puede ser vulnerado por ninguna disposición de administración, todo esto lo llevamos a cabo en defensa de los afiliados al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud; como consecuencia del uso de este derecho, 256,038 afiliados titulares han ejercido su derecho a traspaso hasta el 31 de mayo, 2010. Es importante destacar que de este total 125,600 afiliados, que representan el 49.05%, eligieron una ARS privada.
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) ha dictado las Resoluciones Administrativas Nos. 00154- 2008 y 00176-2009 que regulan el proceso de traspaso de afiliados entre ARS.
3.- Todas nuestras asociadas mantienen programas de prevención, tanto asistencial como no asistencial a favor de los afiliados, estas actividades son revisadas, auditadas y comprobadas de manera permanente por el órgano regulador de las ARS que es la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).
En cuanto a la atención primaria a nuestro sector le está prohibido la integración vertical, mediante el artículo 122 de la Ley 87-01 que dispone lo siguiente: “Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) no podrán ser propietarias, ni tener accionistas, con intereses económicos, directos o indirectos, con las Proveedoras de Servicios de Salud (PSS), de igual forma, las Proveedoras de Servicios (PSS) no podrán ser propietarias, ni tener accionistas, con intereses económicos, directos o indirectos, con las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS)”. Por lo tanto, son los prestadores de servicios de Salud los responsables de establecer estos centros previo a su contrato con las ARS.
Estamos demandando de las autoridades la Implementación del Primer Nivel de Atención del Sistema, tal como lo establecen los artículos Nos. 129 y 152 de la Ley 87-01 que creó el Sistema Dominicano de Seguridad Social; entendemos que es la única forma como se garantiza la sostenibilidad financiera del sistema y la mejor forma de disminuir las odiosas diferencias que están cobrando los especialistas a los afiliados al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud.
4.- Debemos aclarar que nuestro sector es el más fiscalizado de todos los actores que conforman el Sistema Dominicano de Seguridad Social; todas las informaciones técnicas, contables y financieras son enviadas en una base diaria, semanal y mensual al órgano regulador, además tenemos un monitoreo electrónico permanente de todas las actividades que realizamos.
Mantenemos nuestros compromisos al día con todos los prestadores de servicios de salud, en muchos casos nuestras asociadas tienen implementado los pagos electrónicos para hacer más expeditos los procesos de pago.
Nosotros somos los auténticos defensores de los afiliados al hacer uso eficiente de los recursos que recibimos de los trabajadores y empleadores a través de la Tesorería de la Seguridad Social para procurar una atención de salud oportuna y de la mejor calidad.
Finalmente, consideramos que toda la sociedad debe hacer sus mejores esfuerzos para mantener vigente la más amplia conquista social del pueblo dominicano en las últimas cinco décadas, todos debemos aportar nuestro granito de arena para que continuemos por el sendero de la satisfacción de los afiliados, y sus dependientes; que se cumpla con el principio de universalidad a fin de que todos los dominicanos estén amparados dentro del sistema de salud.
Mucho nos agradaría poder establecer una comunicación directa con el autor de este artículo, para aclarar algunos conceptos erróneos, sin embargo desconocemos su entidad ya que utiliza un pseudónimo. Este hecho llama la atención porque en un estado de derechos y democrático como en el que vivimos, existe libertad de expresión que permite que cada dominicano defienda abiertamente sus argumentos, a menos que en este caso el pseudónimo se justifique porque representa oscuros intereses que impiden dilucidar las ideas de manera transparente.
Mientras quedamos a la espera de que se publiquen nuestras observaciones, hacemos propicia la ocasión para saludarle, Muy atentamente, José Manuel Vargas Q. Presidente Ejecutivo