Populismo mediático y justicia
Una vez terminada la algarabía electoral del 16 de mayo, es necesario precisar algunos planteamientos a propósito de la retórica que promueve el “populismo penal” que no es otra cosa que, legislar con prisa para elevar las penas, crear nuevos tipos penales, endurecer las condiciones del privado de libertad y ampliar las facultades policiales a partir del criterio de “manos libres” o “mano dura”, aunque implique desechar derechos civiles y políticos fundamentales. El Dr. Eduardo Jorge Prats, a partir de los criterios externados por el jurista francés Denis Salas, el alemán Gu¨nther Jakobs y la lógica schimittiana, define al populismo penal como un discurso que añora el pasado, el sistema inquisitivo, el viejo Código de Procedimiento Criminal, la lógica del amigo-enemigo, el discurso de la guerra y la cultura autoritaria basada en el derecho penal simbólico, aquel que niega o limita en extremo las libertades e insiste en que desde el derecho penal es posible cambiar la sociedad y dar solución a todos los males que como sociedad nos aquejan. Sin duda que el populismo penal es un discurso light, construido a partir de los medios, por eso se le ha denominado “populismo mediático” o “populismo penal mediático”, que seducidos por lo que quiere ver, oír o leer la población, sea por morbo, sensacionalismo, propaganda, publicidad, rating o cualquier otro interés oculto, difunden o construyen crónicas “roja” o “amarillista” con un alto contenido de “violencia” que le permite a los actores políticos y a los penalistas de la añoranza “elaborar su discurso” para apaciguar el clamor popular de “inseguridad ciudadana” y de paso legitimar la violencia desbordada de las autoridades y en esa misma línea criticar o solicitar la expulsión sumaria de aquellos jueces que someten sus facultades al imperio de la ley y no a la aclamación “mediática” o “popular” de linchamiento judicial. Aquel discurso, además de light, tiene un alto ingrediente demagógico, porque pone palabras huecas donde deben ponerse recursos económicos que harían del Código Procesal Penal una norma eficaz y no a la inversa; y en cuanto a los jueces, que en algunos casos oscilan entre el coqueteo con el “populismo mediático” y la “venalidad”, están llamados a inclinarse de manera natural, como de hecho muchos lo hacen, a la verdad jurídica y expiar la crítica, dejando atrás los residuos de una retórica populista sin vuelo, sin músculo y sin alma, aunque sean etiquetados como “jueces impopulares”, porque no es allí, en los comentarios hechos o manipulados a partir de los medios, donde pudiera estar la raíz del “malestar social” sino más bien en ocultar cosas hechas indebidamente, en el temor, en débil coordinación de los órganos de investigación y en la ausencia de recursos que impulsen reformas vinculadas a política criminal. En definitiva, estamos en la era de la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC’S) y los apologistas harán uso de ella sin miramientos, por lo que le corresponde a la magistratura elevar su vuelo para comunicar primero y opinar después del fallo, porque sin proponérselo, aquella conducta de difícil control y la creciente demanda ciudadana por información han puesto en “jaque mate” la vieja máxima de que a los jueces se les debe alejar de toda crítica y que sólo deben hablar por sentencia.