En el PRD, la carrera 2012 ha comenzado
Traducido al lenguaje deportivo nacional, la Resolución 059/2009 del tribunal Contencioso de la Junta Central Electoral del pasado lunes 14 de septiembre presenta los resultados para los dos bateadores del equipo PRD enfrentados en sus liderazgos, visiones y praxis organizacionales. El fallo dado a conocer es un resultado particular y, aunque medianamente conciliador, afecta las aspiraciones dentro de esa organización con miras a lo inmediato y a las elecciones del 2012. Activa, por tanto, las competencias internas y eleva a un nuevo nivel la “rivalidad” política Miguel Vargas-Hipólito Mejía, definiendo y revelando otros retos y escenario. A pesar de que algunos, de esos que quisieran la cabeza de Hipólito Mejía en la bandeja de Salomé, han presentado el tema como una victoria para el actual presidente del PRD, es obvio que ni siquiera él lo entiende así. Sólo eso explicaría la carencia de una reacción oficial suya dos días después. Una lectura detallada de la misma nos persuade de que la JCE ha dado las razones esenciales al Ing. Mejía, incluso cuando en algunos detalles no lo favoreció, lo que constituye un espaldarazo, una validación importante dado que a los ojos de todos, el Ing. Mejía ha sido el político dominicano más satanizado, con razones o no. La sentencia ilustra sobre chanchullo e idoneidad. Pero leída y considerada desde otro entorno, en el escenario político perredeísta, la referida resolución significa, en mucho, un roletazo legal del controversial ex presidente; un doble que lo saca de la gatera política y lo pone a mitad del camino de anotar contra un presidente del partido blanco al que el organismo de competencia electoral le reitera su calidad vetada, “aunque renuncie”, a aspirar a la nominación presidencial por esa organización política, al menos hasta que el plebiscito convocado para el 27 de septiembre se pronuncie al respecto. Lograr que la presidencia del PRD se marginara de la competencia interna directa fue una importante conquista de esa organización política. A ella se debe la relativa tranquilidad en la que esa entidad ha celebrado sus procesos recientes y ha vivido sus últimos años. Sabemos que entre el 19 y el 25 de agosto del 2004 se depositaron borradores a tal efecto en la residencia de la Dra. Ortiz Bosch y en la residencia del ex presidente Mejía. Habrá que esperar para ver si quienes hicieron suyas tal conquista están dispuestos a desestimarla en aras de habilitar al actual presidente del partido blanco. En lo inmediato, la decisión de la JCE, devuelve la soberanía al PRD para decidir al respecto. Y crea un motivo y espacio para que los competidores se dediquen a dinamizar la vida partidaria. Por el momento, tiene consecuencias imprevisibles para las aspiraciones del actual presidente del PRD y para las oportunidades definitivas del señor Hipólito Mejía de correr como su adversario. Ellas dirán si las simpatías están en los niveles que se afirma. Pero esta resolución nos convence de que la realidad interna del PRD es mucho más compleja de lo que se piensa. Que, mientras se otorga al señor Vargas Maldonado un 98% de preferencias internas, por el otro su calidad de pre-candidato presidencial 2012-2016, hasta hoy, ha sido violatoria. Y, mucho más: que haya estado haciendo campaña a tal nominación, ¿no lo invalida o al menos lo ensombrece? Porque, por esos malos asesores, tramperos, que Peña designaba de dedo, ¡él hombre ha pecado, se ha manchado! Mantuvo una candidatura contrariando sus estatutos. De haber sido sagaz, tan pronto fue investido como presidente del PRD habría cesado. Si violó los estatutos, ¿violaría otros estamentos?, queda en libertad de preguntarse quienquiera. Es una pena que la JCE hiciera pública su sentencia en la noche; fuera de la vista de la gente, tarde, en la hora de los ladrones y las componendas. Y, peor aún, que no la entregara como toda sentencia se sirve: leída por un secretario, ante las partes. Veamos la sentencia, en aquellos detalles que nos permite este espacio. Primero: acoge la demanda de Hipólito Mejía. Con sólo hacerlo, le otorgó méritos jurídicos, base, validez y propiedad a su iniciativa. Segundo: Ordenó la continuación de la XXVII Convención Ordinaria, mediante una nueva convocatoria, es decir que el PRD continúe eligiendo democráticamente sus autoridades, algo que las actuales autoridades querían realizar al margen de las disposiciones estatutarias, pero manteniendo el plebiscito. Tercero: Ordenó que los delegados estén acreditados. Esto es, ¿según el padrón del 2004? Cuarto: Declaró nula la convocatoria para reformar los estatutos y a la Comisión que lo pretendía. Al sostener la validez de la Presidencia de Miguel Vargas en el PRD, la JCE reiteró la resolución 049/2009 del 17 de julio pasado de la que demandantes desistieron el 10 de agosto, 2009. La resolución deja claro que las designaciones del Presidente en funciones, del Secretario General (interino) y del Secretario General de Organización, entre otras, se hicieron de forma irregular, en violación de las disposiciones estatutarias, en una instancia que se abrogó las facultades del CEN. Los mayores y más seguros beneficiarios de esta resolución son, pues, los miembros del CEN del PRD: al parecer, ellos estaban en riesgo de ser borrados de un plumazo o suplantados. La Junta los reinstala como autoridad partidaria. En tal virtud, las decisiones importantes de Miguel Vargas que conciernan al partido, su organización, estructura y funcionarios deberán ser ventiladas conjuntamente con el CEN. A este organismo perredeísta, especialmente a su Comisión Política, retorna el poder de aprobar las decisiones de la Comisión Nacional Organizadora de la Convención, decidir sobre lo no previsto en sus estatutos y la conformación de otros órganos y aparatos internos. Una vez fallecido Peña Gómez, el PRD se dio una estructura colegiada y la consagran sus estatutos. Ella, al parecer, estuvo en riesgo de ser arrasada y la JCE la reinstala, por la demanda del señor Mejía que, querámoslo o no, avanza una base. Que la resolución dé cuenta de designaciones realizadas al margen de los estatutos abona una imagen legal del equipo de Vargas Maldonado no del todo positiva, incluso cuando se las concede por “jurisprudencia”, sin dejar de consignar que contradicen los estatutos. A partir de esa resolución podemos afirmar que con ella la carrera por la nominación presidencial 2012-2016 en el PRD ha comenzado. Que ahora es diferente.