Constitución: Seguridad y defensa
El proyecto de reforma de la Constitución a conocerse en las próximas semanas, por vez primera en nuestra historia constitucional introduce dos elementos importantes: a) dota de acta de nacimiento constitucional a la Policía Nacional, y b) introduce un capítulo sobre seguridad y defensa que crea un órgano consultivo que asesorará al Presidente de la República, en la formulación de las políticas y estrategias en la materia y contiene, además, novedosas cuestiones. Tradicionalmente los textos constitucionales latinoamericanos sólo abordaban el tema de las Fuerzas Armadas. Por su parte, en la lejanía histórica, el artículo 356 de la constitución española de Cádiz 1812, rezaba: “Habrá una fuerza militar permanente, de tierra y mar, para la defensa exterior del Estado y la conservación del orden interior”. Hoy en día, al lado de los tres espacios militares tradicionales, tierra, mar y aire, existe el cuarto espacio exterior y el quinto ciberespacio. Sin embargo, las Fuerzas Armadas son un concepto y, sobre todo, una realidad de aparición tardía que se perfila en el siglo XIX y se configura plenamente en la segunda mitad del siglo XX. La defensa es la primera función del Estado y ella es inconcebible sin unas Fuerzas Armadas, más o menos organizadas. Ser es defenderse. Se ha dicho que las Fuerzas Armadas forman parte de la cultura de la paz ya que son un instrumento para alcanzarla, restaurarla o garantizarla. Obviamente “el mundo de hoy está lleno de más gente animada por mayor odio y en posesión de más medios para hacer la guerra que en ningún otro momento anterior”. Nadie escapa al fenómeno; en Europa se enfatiza en nuevos riesgos y amenazas a la seguridad: el terrorismo, la proliferación de armas de destrucción masiva, los conflictos regionales, descomposición del estado y la delincuencia organizada. En nuestro continente la OEA adelanta el concepto de seguridad multidimensional, más allá de la seguridad hemisférica, para combatir el tráfico de drogas, lavado de dinero, tráfico de armas, trata de personas, terrorismo, corrupción institucional y crimen organizado, minas terrestres (desgraciadamente existen en América Latina) y desastres naturales. El tema es tan palpitante que Benita Ferrero, Comisaria Europea, señaló en 2007 que, uno de los derechos humanos más fundamentales es el derecho a la seguridad. La seguridad ciudadana se ha convertido en un tema ineludible de la vida política de muchos países. Afirmando que en muchos de ellos “los niveles de inseguridad han alcanzado cifras que recuerdan las horas más duras de los conflictos armadosÖ”. Convengo en que en el siglo XXI debemos hablar, en América Latina, de seguridad humana que implica más allá de lo existente, defensa del medio ambiente y de la naturaleza a la sanidad, combate contra la desigualdad y la pobreza, causas básicas del subdesarrollo y por lo tanto de la conflictividad social y política existente y el auge sin precedente de la criminalidad. Todo lo anterior explica que, en las reformas constitucionales de finales de siglo XX, pero sobre todo de inicios del presente, las constituciones latinoamericanas paulatinamente hayan abordado el tema: Bolivia, Consejo Superior de Defensa Nacional, Brasil, Consejo de Defensa Nacional, Chile, Consejo de Seguridad Nacional, entre otros. En la consulta popular, la Comisión de Juristas solicitó la opinión de los ciudadanos, primero, sobre la consagración de los principios básicos relativos a la misión y organización interna de las Fuerzas Armadas, aprobado por el 88.7% en 132 municipios; segundo, envío de misiones de paz al extranjero, aprobado por el 66.9% en 101 municipios; tercero, ratificación del Congreso para envío de tropas fuera del país, aprobado por 82.1% en 124 municipios. El plan de seguridad democrática del país ha sido un semi-fracaso, el Consejo de Seguridad y Defensa será más plural, incluyente, participativo y democrático. Debemos conservar la tranquilidad de la familia y el mantenimiento del orden. Sin seguridad personal no habría paz interior ni turismo. El proyecto de reforma consagra el carácter defensivo de las Fuerzas Armadas y le asigna a la Policía Nacional la elevada misión de proteger la seguridad ciudadana, prevenir y perseguir los actos delictivos y mantener el orden público, para garantizar el libre ejercicio de los derechos fundamentales y la convivencia pacífica en el país. Se consigna que constituyen objetivos de alta prioridad nacional combatir actividades criminales transnacionales que pongan en peligro los intereses de la República y sus habitantes, organizar y sostener sistemas eficaces que prevengan o mitiguen daños ocasionados por desastres naturales o antrópicos. En adición, se prevé la formación de cuerpos de seguridad permanentes y se dispone la regulación legal de la inteligencia estratégica. Sobre este delicado tema se requiere del consenso de todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso para enviar, de manera contundente, un mensaje al crimen organizado consistente en que la sociedad dominicana no se rendirá nunca frente al crimen y la delincuencia.