La Ciudadanía
Un país sin iniciativa popular
En 38 versiones que ha tenido la Constitución dominicana, nunca ha incluido la iniciativa popular, según ratifica el profesor Luis Gómez Pérez, abogado especialista en derecho constitucional y miembro de la comisión de expertos que revisó las propuestas de la Consulta Popular para reformar la Carta Magna el año pasado.Los derechos ciudadanos en la Constitución dominicana se circunscriben a la ciudadanía, la nacionalidad y el derecho a elegir y ser elegido. Pero otros derechos políticos, como el de la iniciativa, la revocación del mandato y el de la consulta, no están consagrados para los dominicanos. Aunque el jurista reconoce que la Consulta convocada por el presidente de la República el año pasado fue un paso de avance.Gómez Pérez refiere que la figura más cercana a la iniciativa popular constitucional que ha estado incluida en la Constitución es la Asamblea Revisora, pero sólo desde 1924 hasta 1959. En otros contextos a esta figura se le conoce como Asamblea Constituyente, la cual está integrada por un grupo de personas elegidas por la ciudadanía para conocer y votar un proyecto de reforma de la Constitución.“Lo que se busca es la participación de los ciudadanos y ciudadanas en la gestión del poder público, no se trata de cualquier participación, sino de una que le permita hacer las leyes, solicitar reformas constitucionales y reformar la Constitución, así como revocar los mandatos que el mismo pueblo ha concedido”, explica. Pueblos con poder de legislarEn las democracias más exitosas la participación de la gente no se limita a elegir a sus gobernantes. Existen otras formas de intervenir e involucrarse directamente con la realidad política. Una de estas opciones, que cada vez más países ponen en vigencia, es la llamada iniciativa popular. Consiste en otorgar a la sociedad civil la facultad de presentar directamente ante el Congreso un proyecto de ley o de reforma constitucional, sin tener que utilizar como mediador a ninguna otra persona o entidad autorizada.Recientemente Costa Rica se sumó a los países latinoamericanos que cuentan con este instrumento de participación. En abril de 2006 puso en vigencia su Ley de Iniciativa Popular, que permite que la ciudadanía organizada someta a conocimiento un proyecto de ley. El requisito es obtener la firma de un cinco por ciento del padrón electoral, en su caso aproximadamente 127 mil personas, y el Congreso queda obligado a votar el proyecto en un plazo máximo de dos años.Según la Constitución dominicana actual, sólo los senadores, los diputados, el presidente de la República, la Suprema Corte de Justicia y la Junta Central Electoral pueden presentar ante el Congreso un proyecto de ley.El establecimiento de herramientas de participación como la iniciativa popular es precisamente uno de los puntos propuesto para la modificación constitucional que se prepara actualmente. Según los resultados de una consulta popular al respecto, publicados en consultapopular.gov.do, 908 personas votaron porque la nueva Constitución permita “mecanismos de participación popular directa”, entre los que se mencionaba la iniciativa legislativa y constitucional. Sólo 69 personas votaron en contra.“Hay un proyecto de Ley de Participación Social que está en el Congreso y uno de sus artículos plantea el derecho de las organizaciones civiles a la iniciativa legislativa”, afirma Carlos Villaverde, gerente de investigaciones de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), que ha participado en la discusión de diversas leyes.Existe otro proyecto de reforma constitucional que prevé la iniciativa popular, auspiciado por las universidades UASD, PUCMM, UNPHU y el Consejo Nacional de Reforma del Estado (Conare). El proyecto reza en su Capítulo III, dedicado a los derechos políticos, que entre los derechos de los ciudadanos se encuentra el de “participar en plebiscitos, referendos, e iniciativas legislativas y constitucionales, mediante instancia firmada por el dos por ciento de los ciudadanos inscritos en el registro electoral”. De existir la iniciativa popular, cualquier organización o grupo podría propiciar la creación y debate de nuevas leyes.

