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Precedencia en las banderas oficiales y corporativas

Normas y etiqueta

Juan Tomás

Juan Tomás

El símbolo patrio más representativo de un país es su bandera. La misma tiene lugar preferencial al ocupar posición en todo acto público de Estado, diplomático, militar o social - empresarial. 

Cuenta con protección jurídica en la constitución nacional, con códigos de leyes en respeto y penalización.

Al usar este símbolo patrio se debe de cuidar rigurosamente la posición en que se coloca, que no toque suelo, también que su uso sea en actos con solemnidad, valores representativos y/o de Estado.

Las grandes empresas, instituciones y corporaciones con marcas establecidas son las que han creado sus banderas, las cuales utilizan en los actos donde marcan su presencia empresarial. Dependiendo de la participación de la empresa en el acto o actividad, estas tendrán precedencia en el salón donde se realizará o en el área exterior del edificio.

Las reglas son las mismas para las banderas privadas o no oficial. La bandera empresarial puede lucir los colores y el diseño que considere creado por el departamento de marketing o el encargado de los temas de imagen corporativa.

¿Dónde se colocará la bandera de la empresa o las banderas corporativas? 

Hay que tener mucho cuidado con la utilización de las banderas como elemento publicitario y decorativo en actos y eventos en los que tiene que convivir con otras banderas oficiales o privadas.

La bandera empresarial puede estar en la entrada de la sede central, montada sobre el correspondiente mástil y en lugar visible. También puede estar en los despachos de los directivos, en el hall de entrada, en la sala de juntas y en otras dependencias comunes de la empresa, a libre elección de los directivos.

Al lucirla junto a las banderas oficiales, se tendrá que cuidar las normativas de las leyes vigentes del país sobre la bandera. 

Las banderas oficiales se sitúan a la derecha de la puerta de entrada (izquierda según se entra o mira al frente) y las de empresa y otras privadas en el lado izquierdo (derecho según se entra a la sede o se mira de frente al edificio).

Esta posición se llevará también en salas de juntas o reuniones, en los actos… Las banderas oficiales y banderas privadas o de empresa, siempre separadas, nunca deben "mezclarse". Deberán ondear separadas, en otro espacio del acto o lugar.

El tamaño de la bandera privada o corporativa nunca puede ser mayor que el de las banderas oficiales. Ni ondear en mástil de mayor altura. Si ondean solas pueden tener el tamaño y la altura de mástil que quieran los responsables de la empresa.

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