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“Las normas internas de las compañías no están por encima de las leyes”

Instituciones dominicanas discriminan a mujeres que llevan el cabello afro o rizado. CORTESÍA DE OLIMAR RIJO

Instituciones dominicanas discriminan a mujeres que llevan el cabello afro o rizado. CORTESÍA DE OLIMAR RIJO

Amparándose en el artículo 43 de la Constitución se sometió un Recurso de Amparo a favor de Oneida Santos versus la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), en el que se obtuvo sentencia gananciosa. Se convirtió en la primera en materia de discriminación en República Dominicana, comenta la abogada Yahisa Lamis Vidal, quien trabajó en el caso.

Oneida Santos Nolasco se dio a conocer en 2017, a raíz de un video viral en el que denunció que le negaron acudir a la institución a cumplir con sus labores habituales debido a que dejó su pelo natural por alrededor de dos años.

¿Qué dice el Código Laboral? El Código de Trabajo de la República Dominicana prohíbe, en sus principios VII, la discriminación, exclusión o preferencia basada emotivos, sexo, edad, raza, color, origen social, político, opinión política y militancia.

Establece que esto significa que la única discriminación debe ser por los talentos u oficios.

Cómo defender tu derecho Los dominicanos en ocasiones ignoran los mecanismos y derechos de defensa que existen en torno a este tema.

Además de los artículos mencionados, Lamis Vidal destaca la existencia de la Ley Recurso de Amparo 437-06 que tiene como objetivo la protección judicial de los derechos fundamentales, y al mismo tiempo garantizar la eficiencia de los derechos.

Más allá de contemplarse leyes y artículos relacionados a la discriminación por la apariencia del pelo, Yanhna Puello “Luna Rizada” destaca que los líderes de cada institución aplican sus propias reglas, en ocasiones violando los estatutos y desafiando el poco compromiso de velar por los derechos universales que protegen a cada persona.

“Necesitamos una campaña de identidad que ayude a cada dominicano a aceptar y atesorar sus raíces afrodescencientes, y que esto pueda ser replicado a nivel educacional en los hogares e instituciones públicas y privadas”, manifiesta Puello.

En este sentido, Lamis Vidal señala que ninguna norma empresarial puede sobrepasar la ley dominicana.

“Las normas internas de las compañías o instituciones no están por encima de las leyes o de la Constitución de la República y mucho menos de los tratados internacionales”, afirma la abogada.

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