JUSTICIA
El Estado reclama que imputados del caso Antipulpo paguen indemnización de RD$23,000 millones
Los abogados representantes requieren imponer medidas de coerción real, como hipotecas judiciales provisionales y embargos a todos los imputados y entidades vinculadas, levantamiento del velo corporativo y la declaratoria de conjunto económico de todas las entidades parte en el entramado.

Wilson Camacho habla ante la prensa sobre el caso Antipulpo.
El Estado dominicano reclama a los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que condenen a los implicados en el caso Antipulpo al pago de una indemnización de RD$23,903,465,542.00 por concepto de los daños y perjuicios de toda índole sufridos por el Estado en su condición de víctima.
Los abogados Jorge Luis Polanco Rodríguez, Jorge López Hilario, José Luis Almanzar y Claudio Luna, miembros del equipo de abogados para la Recuperación del Patrimonio Público (ERPP), hacen esta reclamación al tribunal como consecuencia de la violación a la ley en que incurrió la supuesta red de corrupción desmantelada a través de la denominada Operación Anti Pulpo.
El Estado se constituyó en querellante y actor civil ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), luego de que el presidente Luis Abinader emitiera el decreto 22-21, de fecha 13 de enero de 2021, conformando el equipo de abogados.
Los abogados igualmente requirieron al tribunal imponer medidas de coerción real, consistentes en hipotecas judiciales provisionales y embargos en contra de todos los imputados y entidades vinculadas por la suma de RD$23,903,465,542.00, así como el levantamiento del velo corporativo y la declaratoria de conjunto económico de todas las entidades que formaron parte del entramado.
Igualmente, pidieron que se cumplan las penas establecidas en la normativa penal vigente conforme a los ilícitos que se les atribuyen y cuyos elementos constitutivos serán demostrados de conformidad con la relatoría fáctica y las pruebas que se encuentran descritas en la presente instancia.
“Pedimos declarar la validez de las medidas conservatorias ordenadas por el séptimo juzgado de la instrucción mediante resolución de apertura a juicio por el monto de RD$475,000,000 a favor del Estado dominicano”, acotó el abogado López Hilario.
La instancia fue incoada en contra de Juan Alexis Medina Sánchez, Carmen Magalys Medina Sánchez, Lorenzo Wilfredo Hidalgo Núñez, Rafael Antonio Germosén Andújar, Fernando A. Rosa Rosa, Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, José Dolores Santana Carmona y Wacal Vernavel Méndez Pineda, entre otros, a quienes el Ministerio Público pidió condenar con penas de 3 a 20 años de prisión.
Así como a las entidades Domedical Supply, S.R.L., Suim Suplidores Institucionales Méndez, S.R.L., General Medical Solution Am, S.R.L., United Suppliers Corporations, S.R.L., Kyanred Supply, S.R.L., General Supply Corporation, S.R.L., Wattmax Dominicana, S.R.L., Fuel American Inc., Dominicana, S.R.L., Fundación Tornado Fuerzas Vivas, Reivasapt Investment, S.R.L., Fire Investment Group Fig, S.R.L., Oltaman Realty Business, S.R.L., Medi-Prome, S.R.L., Comercial Matex, S.R.L., Rotinsa, S.R.L. y Veintisiete 328, S.R.L.
Sostienen que, como se demuestra con las evidencias recolectadas, el imputado Alexis Medina, prevaleciéndose de su parentesco de hermano de padre y madre con el expresidente Danilo Medina Sánchez en los períodos gubernamentales 2012-2016 y 2016-2020, conformó una macroestructura integrada por los coimputados.
Además, alegan que tenía entidades de carpeta que adquirió, y otras, para un total de 16 hasta el momento identificadas, con el propósito deliberado de poder gestionar, con sus influencias, contratos con entidades del Estado dominicano, sin tener antecedentes en el mercado privado, sin experiencia, sin estructura operativa, capacitación técnica profesional ni personal que permitiera ofrecer estos servicios.
Se verificó que este entramado, en franca competencia desleal con las tradicionales empresas que lícitamente operan en el país, fue concebido exclusivamente para lucrarse del Estado dominicano.
De acuerdo con los abogados, el supuesto entramado de corrupción, conformado bajo el liderazgo de Alexis Medina, comprendía actividades comerciales desde: combustibles; alimentos y bebidas; cocinas, camas y artículos de limpieza e higiene; insumos de cocina; artículos, muebles y mobiliario de oficina; construcción; pintura; indumentarias; artículos deportivos; equipos médicos; equipos de laboratorio; consultorías profesionales en diferentes materias; servicios de seguridad; equipos de seguridad y pertrechos militares.
Igualmente, herramientas de todo tipo; impresión de todo tipo de materiales; publicaciones y publicidad; equipos informáticos; maquinarias para la construcción; materiales educativos; productos médicos; productos farmacéuticos; productos químicos y gases; productos sanitarios; servicios de plomería y gas; servicios de salud; telefonía y comunicaciones; capacitación; transporte, mantenimiento de vehículos y componentes de vehículos; servicios audiovisuales; automotores; venta de plantas y hasta algunos objetos difíciles de asimilar, tales como migración y venta de animales vivos.
Aducen que para lograr contratar con el Estado dominicano con este diverso catálogo de servicios y bienes, el imputado Alexis Medina contó con la indispensable participación activa y estratégica de exfuncionarios públicos: Magalys Medina Sánchez, vicepresidenta y directora administrativa del FONPER en el período 2016-2020, quien hacía las invitaciones a las empresas del entramado para las licitaciones y autorizaba los pagos; Fernando Rosa Rosa, presidente del FONPER en el período 2012-2020; Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, exdirector de fiscalización de la OISOE en el período comprendido 2015-2020; Francisco Pagán Rodríguez, director general de la OISOE en el período 2015-2020; Lorenzo Wilfredo Hidalgo Núñez, ministro de Salud Pública del período 2012-2015; y Rafael Antonio Germosén Andújar, excontralor general de la República en el período 2012-2016.
Entre las actuaciones contrarias a la ley realizadas por el entramado, se identificaron las siguientes: el pago a personal de seguridad sin que se prestara ningún servicio; los montos dejados de percibir por concepto de impuestos de Aduanas; y los montos dejados de percibir por concepto de impuestos y recargos.
Igualmente, el pago a personal que se encontraba prestando servicios en otras entidades del Estado dominicano; los contratos por servicios profesionales prestados por funcionarios públicos en violación a la Ley debido a la clara incompatibilidad; las cesiones de crédito efectuadas en violación a la Ley; los pagos duplicados por las mismas obras; y las adendas para aumentar el precio de las obras adjudicadas que excedían el 25% que prevé la Ley.
De igual manera, obtuvieron desembolsos a través del Banco de Reservas sin que existiera justificación alguna; pagos en exceso de lo estipulado contractualmente sin justificación; pagos realizados sin las certificaciones correspondientes de la DGII y TSS; contrataciones rescindidas sin exigir la devolución de los pagos avanzados y sin ejecutar las pólizas de garantía de fiel cumplimiento; modificaciones en los contratos para aumentarlos bajo el pretexto de adicionar la partida del ITBIS, que ya previamente se encontraba contemplada.
También, pagos de supervisión de obras por montos que exceden el 5% que prevé la norma; pagos duplicados de las mismas obras ejecutadas; pagos por venta de gasolina premium y gasoil óptimo sin que la institución los recibiera; libramientos realizados sin encontrarse registrados en la Contraloría de la República; así como la conformación de consorcios y cesión de contratos por encima de lo que establece la ley.