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TC declaró inadmisible recurso del PLD y un excandidato a diputado por falta de objeto

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Wanda MéndezSanto Domingo, RD

Por falta de objeto, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso de revisión de decisión jurisdiccional interpuesto por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y su candidato a diputado en la circunscripción número I del exterior en las elecciones del 2020, Yomare Polanco Sánchez.

En la sentencia TC-0136-23, el Constitucional argumentó que durante el transcurso de los trámites del recurso de revisión, el entonces candidato a diputado anunció públicamente su renuncia como miembro del PLD, el 5 de noviembre de 2022, y que también anunció su aceptación a la propuesta hecha por el Proyecto Exigimos Respecto Para La Diáspora (PRO-ERD), como coordinador internacional.

“En ese orden, constituyendo un hecho notorio la renuncia pública del señor Yomare Polanco Sánchez como miembro del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y su adhesión al Proyecto Exigimos Respecto Para La Diáspora (PRO-ERD), conforme el criterio seguido por este tribunal en estos supuestos, ha de considerarse también desaparecido el objeto principal del presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, lo que conduce a su inadmisión”, estableció el TC en la sentencia del 23 de marzo de 2023.

La Alta Corte expuso que esas razones imposibilitan realizar una protección efectiva de los derechos fundamentales del PLD y del señor Yomare Polanco Guzmán, por lo cual el tribunal declara inadmisible el recurso de revisión interpuesto en contra de la sentencia TSE-793-2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral el 30 de julio de 2020.

Reclamo

En el expediente del TC consta que el 7 de julio de 2020, el PLD y Polanco Sánchez solicitaron una revisión de votos nulos de los estados de New Jersey y Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos, la cual fue rechazada por la Oficina de Coordinación Electoral en el Exterior (OCLEE) de New Jersey.

Inconformes con la decisión, presentaron un recurso de apelación ante el TSE, que inadmitió el recurso de Polanco Sánchez, por falta de calidad, pero acogió el del PLD.

El TSE anuló las resoluciones apeladas y ordenó a la OCLEE de New Jersey y la Oficina de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior de Washington, que proceda con la revisión de los votos declarados nulos en el nivel de diputados del exterior, en virtud del carácter determinante que pudiera tener la misma para la distribución de los escaños plurinominales en dicha demarcación, con base al método D'Hondt.

Luego, el PLD y Polanco Sánchez interpusieron un recurso de revisión constitucional, que fue declarado inadmisible por falta de objeto.

El excandidato a diputados convocó a una rueda de prensa frente al Tribunal Constitucional, según se anunció, para dar declaraciones sobre la presunta negación de derechos por parte de la Alta Corte.