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Aprueban plan de compensación y beneficios a jueces

La medida beneficia a 772 jueces. ARCHIVO /LD

La medida beneficia a 772 jueces. ARCHIVO /LD

El Con­sejo del Poder Judicial informó ayer que apro­bó un nuevo Manual de Compensación y Benefi­cios del Poder Judicial, el cual define las políticas generales en la materia, las escalas salariales y los beneficios para el perso­nal del sistema judicial.

También incluye la normativa para la ges­tión del sistema de com­pensación y beneficios de los servidores judiciales, y destaca que por primera vez en el Poder Judicial se aprueba una herramienta de esta naturaleza.

El Manual de Compen­sación tiene como finali­dad garantizar la equidad retributiva y la competiti­vidad salarial definiendo escalas de salarios míni­mos, medios y máximos, para los distintos puestos, precisa un comunicado de prensa.

La medida beneficia a 772 jueces y juezas, ba­sado en una escala que comprende cinco cate­gorías en tres niveles; y a 5,386 servidores judicia­les. En el caso de los ma­gistrados, el aumento es­tablecido va desde un 5.78% hasta un 55.83%.

Beneficios Las nuevas disposiciones incluyen entre los bene­ficios generales, un bono aniversario equivalente a un salario para los jueces y los servidores judiciales con un año de antigüe­dad, que se hará efectivo el 7 de enero de cada año, Día del Poder Judicial).

Además, el manual contempla la entrega de un bono escolar y un bo­no vacacional, y dispone de otros beneficios rela­cionados con la formación profesional de los servido­res.

La Dirección General de Administración y Carrera Judicial deberá realizar un estudio de revisión y pro­puesta de indexación de los salarios de jueces, juezas y demás servidores judicia­les que apliquen en base a las disposiciones del artícu­lo 17 de la Ley núm. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano.

Indica que, a la vez, con­templa los beneficios alter­nos que el Poder Judicial tiene disponible para sus colaboradores, además de que establece la regulariza­ción salarial de manera que exista uniformidad en los beneficios por cada catego­ría de puestos.

Escalas graduales En virtud del artículo 30, el sistema de remuneración estará integrado por escalas graduales o un único suel­do, aplicable a las distintas categorías de jueces.

Los incrementos sala­riales progresivos estarán determinados por la anti­güedad y la evaluación del desempeño. Se establece que el salario del juez presi­dente de la SCJ y del CPJ, se mantiene sin variación.

PROYECTO Fortalecimiento Esta iniciativa forma parte del proyecto de fortalecimiento de la Carrera Judicial iniciado el pasado año con la aprobación del Escalafón Judicial y el Sistema de Provisión de Cargos Judiciales y el ascenso de 161 jueces y juezas a nivel nacional.

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