Santo Domingo 20°C/20°C clear sky

Suscribete

Suprema Corte decide alcance violación sexual

La Segunda Sala de la Su­prema Corte de Justicia es­tableció el criterio de que cuando el artículo 331 del Código Penal describe ele­mentos constitutivos de la violación sexual, seña­la que se trata de la pene­tración sexual de cualquier naturaleza que sea.

Mediante la sentencia 001-022-2021-SSEN-01139 del 30 de septiembre pa­sado, el tribunal resolvió un recurso de casación in­terpuesto por una perso­na condenada a 10 años de prisión por violación sexual en perjuicio de un menor de edad, y que en alta corte fue confirmada dicha pena.

De acuerdo con la sen­tencia emitida por la sala de la Suprema Corte, el artículo 331 del Código Penal lo que sanciona es el acto de la penetración sexual, y que el término “de cualquier naturale­za que sea” incluye la vía anal u oral.

Además, que la pre­sunción de inocencia que le amparaba al imputado quedaba totalmente ful­minada en el juicio, todo lo cual fue refrendado por los jueces de la corte a qua, al determinar que fueron ponderados minuciosa­mente cada uno de los ele­mentos de pruebas verti­dos en el juicio.

Los magistrados Expresa que estas ponde­raciones se realizaron se­gún las reglas de la lógica, los conocimientos cien­tíficos y las máximas ex­periencia, dándose cabal cumplimiento con ello a las provisiones normativas procesales penales.

La decisión de la sa­la de la Suprema Corte de Justicia fue adoptada por los jueces Francis­co Antonio Jerez Mena, quien preside la sala, y los magistrados Fran Euclides Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Moisés A. Ferrer Lan­drón.

El tribunal informa que sobre el caso exis­ten mayores informacio­nes que pueden obtener­se accediendo al enlace: https://consultaglobal.blob.core.windows.net/documentos/96ba3d03-3d3a-458c-a78c-b6fac3c­c16f0_FCG.docx

Tags relacionados