Legisladores de El Seibo excluidos de Consejo Turístico
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la integración del senador y los diputados de El Seibo en el Consejo de Desarrollo Ecoturístico (Codepres), creado por la ley 511-05 como organismo rector de la promoción y regulación de las actividades ecoturísticas de esa provincia.
“DECLARAR no conforme con la Constitución el párrafo II, del artículo 2, de la Ley núm. 511-05, que declara la provincia de El Seibo como provincia ecoturística, únicamente en los enunciados relativos a la integración del senador y los diputados en la composición del Consejo de Desarrollo Ecoturístico de El Seibo (CODEPRES), por violación a los artículos 77.3, 93.2, literal f) y 246 de la Constitución”, establece el TC en el dispositivo segundo de la sentencia, publicado en el comunicado 52-21, de fecha emitido el 26 de octubre.
Control y fiscalización Esos textos constitucionales establecen la incompatibilidad de los cargos de diputado y senador con otra función o empleo público, las atribuciones del Congreso Nacional para supervisar las políticas del gobierno, y la competencia para llevar un control y fiscalización sobre el patrimonio y uso de los fondos públicos.
La alta corte exhortó al Congreso Nacional para que en un plazo de un año, a partir de la notificación de la sentencia, legisle para modificar el párrafo II del artículo 2 de la ley 511-05, que declara El Seibo como provincia ecoturística, excluyendo la representación de los legisladores de la dirección del CODEPRES. Estableció que si no se produce esa modificación, el texto cuya inconstitucionalidad declara, quedará expulsado del ordenamiento jurídico.
En tanto difirió los efectos de la inconstitucionalidad decretada por el término de un año, contado a partir de la decisión.
El TC acogió la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Seccional del Colegio de Abogados y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH-RD), filial Seibo, filial El Seibo, y de los señores Colón Cotes Candelaria, Juan Ramón Sierra Nolasco, Ramona Báez Girón, Kenia Rosa Mercedes Mejía y Juan Alberto Báez Mercedes, contra el párrafo II, del artículo 2, de la Ley núm. 511-05, que declara a la provincia de El Seibo como provincia ecoturística.
SEPA MÁS La pieza original impugnada Las partes. El texto legal impugnado dispone la integración del Consejo de Desarrollo Ecoturístico por representantes de diversos sectores, incluyendo al senador de la provincia, que lo preside, y los diputados.