Posponen revisión de medida de coerción a Jean Alain Rodríguez y Forteza Ibarra por el caso Medusa

Fueron enviados por prisión preventiva por 18 meses

Abogado Carlos Balcácer

Abogado Carlos Balcácer

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Wanda Méndez y Yasmel CorporánSanto Domingo, RD.

La jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Solanyi Vásquez, decidió que no corresponde conocer este viernes la revisión obligatoria de la medida de coerción al exprocurador Jean Alain Rodríguez y a Javier Alejandro Forteza Ibarra, principales implicados en operación Medusa.

La información fue ofrecida por el abogado de la defensa, Carlos Balcácer, quien indicó que la jueza tomó en consideración un recurso de apelación en contra de la medida de coerción que le fue dictada a los acusados.

Se desconoce cuándo sera la revisión a la medida.

El pasado 13 de julio, la jueza del Séptimo Juzgado de Atención Permanente, Kenya Romero, envió al exprocurador de la República, Jean Alain Rodríguez; a Jonathan Joel Rodríguez Imbert; a Forteza Ibarra y a Alfredo Alexander Solano Augusto a prisión preventiva por 18 meses.

Los demás imputados en el caso aún permanecen en la sala de audiencias del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

Enviados a prisión

Dentro de las motivaciones de la medida impuesta por Romero al exprocurador, figura la existencia de riesgo de sustraerse del proceso, debido al alto perfil de la función institucional que anteriormente este desempeñaba al frente de la PGR.

En el caso de Forteza Ibarra, la decisión se desprendió del “riesgo para los medios de prueba vinculados a su expertiz de técnico en el área de tecnologías de la información”.

La magistrada dictó prisión domiciliaria a Rafael Antonio Mercedes Marte, Altagracia Guillen Calzado y Jenny Marte, alegando que “no representan un riesgo en la investigación o los medios de prueba, ya que su acceso resulta precario”.

En cuanto a Miguel José Moya, la jueza dictó garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica por este “ser una persona identificable en los registros públicos y no representar una obstaculización de los medios de prueba”.