Enfoque: Política

Palo al PLD apunta a reordenar la justicia

Olvido: Leonel, Hipólito y Danilo, como presidentes del CNM, se limitaron a designar a los miembros de la SCJ, olvidando que el artículo 179.4 les impone la función de “evaluar” el desempeño de los jueces de esa alta corte.

Jorge Subero Isa y Mariano Germán Mejía

Jorge Subero Isa y Mariano Germán Mejía

Con la designación por parte del Se­nado de Bauta Ro­jas elegido igual que el Presiden­te del Senado con los votos del PRM, queda conformado el Con­sejo Nacional de la Magistratu­ra; cuatro votos pueden ano­tarse al PRM –Presidente de la República, Procuradora y los presidentes de ambas cámaras, tres al PLD– los dos de la Supre­ma Corte de Justicia y el voto del diputado Fadul y un voto, a la fuerza, a la Fuerza del Pueblo.

El Presidente de la Repúbli­ca como cabeza del CNM soli­citó al legislativo elegir a sus re­presentantes con el obvio interés de convocar a dicho órgano por razones evidentes y justificadas pues muy pronto hay que elegir a cuatro de los miembros del Tri­bunal Constitucional y luego, a los miembros del Tribunal Supe­rior Electoral: Pero ninguna de esas designaciones es urgente puesto que constitucionalmente en esas corporaciones los miem­bros se quedan hasta que – mu­cho tiempo después – eligen a sus sustitutos: No hay prisa ni siquiera en la elección del Pre­sidente saliente del TSE, aho­ra en la JCE, puesto que tiene un Suplente. La urgencia está en la Suprema Corte de Justi­cia, órgano en el que no hay vacante.

El ex presidente Medina –ahora diputado al Parlacen con jurisdicción privilegiada– antes de partir designó a la SCJ y a cuatro miembros del Tribunal Constitucional con un criterio exclusivamente político par­tidista como mecanismo –en exceso obvio- de protección y, desde ella se controla el Con­sejo del Poder Judicial órgano esencial para mejorar la cali­dad e independencia de la jus­ticia.

Al margen de la filosofía po­lítica la ley –en realidad- es una imposición normativa de quien detenta el poder y, su aplica­ción a través de la justicia una expresión del poder político que ha hecho posible a los jueces llegar a sus posiciones: Alejarse de esa realidad es un ideal que –sin olvidar los hechos– se debe buscar. Eso es así en todos los sis­temas políticos y en todo el mun­do y, lo que está sucediendo en el país es un cambio que redistribu­ye el control de las instituciones y poderes del Estado: La Justicia entre ellos.

El CNM a través del Presiden­te de la República esta apoderado –entre otros temas– de una soli­citud del Colegio Dominicano de Abogados para que ejerza el con­trol disciplinario de la SCJ y del CPJ en ocasión de las actuaciones durante la pandemia que afecta­ron sensiblemente las actividades judiciales y aceleraron la digitali­zación y virtualidad de los proce­sos, no siempre con éxito.

Leonel, Hipólito y Danilo, co­mo presidentes del CNM, se limi­taron a designar a los miembros de la SCJ, olvidando que el artícu­lo 179.4 les impone la función de “evaluar” el desempeño de los jue­ces de esa alta corte.

El Presidente de la SCJ, a cargo del CPJ inició un plan de reorde­namiento de la Administración de la justicia profundo, para muchos –incluidos jueces y abogados-, al margen de las competencias del Consejo atribuyéndose funciones del Legislativo y de la SCJ, la Pan­demia, por un lado permitió ace­lerarlo y por el otro levantó más el avispero: Todo en medio la una cri­sis que agravó la mora judicial que afecta las actividades de las perso­nas y del comercio creando vientos muy favorables a la delincuencia y desprotección de los derechos fundamentales en todos los órde­nes.

El conocimiento de una de­manda en referimiento que es una medida urgente, en muchos casos, tarda meses en conocer­se; entre la lectura de la decisión y la entrega de la sentencia hasta un cuatrimestre, cuando ya –con­sumado el daño- es inútil; el am­paro, que entre auto de citación, conocimiento y lectura de sen­tencia, está llamado a resolverse en dos semanas, toma, desde el depósito de la instancia hasta la primera audiencia, hasta tres me­ses y, la decisión por igual, lo que constituye denegación: En el res­to de los procesos… es peor.

Para colmo los jueces están al grito…, por ejemplo 57 jueces su­plentes que ganaron su concurso como tales, con décadas de servi­cios –una de ellas con 32 años de servicio– han sido llamados desde el CPJ para ofrecerles trabajo como abogados ayudantes…, en otros casos, algunos llevan presidiendo tribunales –incluso cortes– muchos años en situación de interinidad: El horno no está para galletitas.

Es probable que ejercer el con­trol de los trabajos de la Justicia co­mo órgano de fiscalización no es­té en agenda del CNM que siempre ha designado a los jueces de las al­tas cortes por política o amiguis­mos… pero al menos, de seguro, llevará el mensaje al Poder Judi­cial, de que ya la Pava no pone en donde ponía y, las cosas deben me­jorar.

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