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Expectativas

Se acaba tiempo promulgar la ley que divide a Santiago

Nuevo ordenamiento. El proyecto convertido en ley por el Senado eleva la sección El Ingenio Abajo y sus comunidades, de la provincia Santiago, con el nombre de Distrito Municipal Santiago Oeste.

Nuevo ordenamiento. El proyecto convertido en ley por el Senado eleva la sección El Ingenio Abajo y sus comunidades, de la provincia Santiago, con el nombre de Distrito Municipal Santiago Oeste.

En vista de que el pasado miércoles 19 de diciembre el Congreso aprobó la conversión a ley del proyecto que se planteaba una demarcacion de espacios en Santiago, la icónica Ciudad Corazón, al crear el Distrito Municipal Santiago Oeste, se espera ahora que el presidente Danilo Medina promulgue u observe esa legislación en las próximas horas, que fue declarada de urgencia, y en cuyo caso la ley establece al Ejecutivo un plazo de cinco días para hacerlo.

Esto es lo que establece alrespecto el artículo 101 de la Carta Magna:

“Toda ley que haya sido aprobada en ambas Cámaras será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación. Si este no la observare, la promulgará dentro de los diez días de recibida, si el asunto no fue declarado de urgencia, en cuyo caso la promulgara dentro de los cinco días de recibida y la hará publicar dentro de los diez días a partir de la fecha de la promulgación. Vencido el plazo constitucional para la promulgación y publicación de las leyes sancionadas por el Congreso Nacional, se reputarán promulgadas y el Presidente de la Cámara que las haya remitido al Poder Ejecutivo las publicará”.

El proyecto que divide en dos la ciudad de Santiago fue aprobado por el Senado de la República a mediados de noviembre de este año.

La pieza legislativa es autoría de la diputada Altagracia Mercedes González, y establece, en uno de sus considerandos, que los servicios públicos están destinados a satisfacer las necesidades de interés colectivo y que el Estado dominicano debe garantizar el acceso de todos sus ciudadanos a estos servicios con eficiencia, continuidad, responsabilidad y calidad.

Art. 102 de la Constitución “Si el Poder Ejecutivo observa la ley que le fuere remitida, la devolverá a la cámara de donde procede en el término de diez días, a contar de la fecha en que fue recibida. Si el asunto fue declarado de urgencia, hará sus observaciones en el término de cinco días, a partir de ser recibida. El Poder Ejecutivo remitirá sus observaciones indicando los artículos sobre los cuales recaen, y motivando las razones de la observación”, plantea el artículo 102 de la Constitución.

APROBACIÓN, RESPALDO Y RECHAZOS ANTECEDENTES: La Cámara de Diputados aprobó, a mediados de noviembre de este año, en segunda lectura, el proyecto de ley que eleva la sección El Ingenio Abajo y sus comunidades, pertenecientes a la provincia Santiago, con el nombre de Distrito Municipal Santiago Oeste.

Uno de sus argumentos dice que Cienfuegos podrá lograr el desarrrollo que hasta el momento no ha alcanzado”. Una vez aprobada esta ley, el alcalde de Santiago, Abel Martínez, y empresarios locales, se opusieron tajantemente a la división.

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