Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

Aduanas

Vehículos con más de 5 años no podrán entrar

DEL 1° DE JULIO EN ADELANTE NO SE ACEPTAN AUTOS DEL AÑO 2011

Acción. La disposición es anunciada en espacio que publica en la edición del Listín Diario de este día.

Acción. La disposición es anunciada en espacio que publica en la edición del Listín Diario de este día.

Un dato

Santo Domingo

La Dirección General de Aduanas advirtió ayer a los importadores de vehículos usados y a particulares que a partir del 1∞ de julio próximo se impedirá la entrada al país de vehículos fabricados antes de 2012 para dar cumplimiento a la ley que establece que solo pueden ser importados los fabricados de hasta cinco años.

En un aviso que se publica en esta edición, Aduanas dice que al hacer el recordatorio, da cumplimiento a las previsiones del artículo 1 de la Ley No. 04-07, de 9 de enero de 2007, que modifica la Ley No. 495-06, sobre Rectificación Fiscal, de 28 de diciembre de 2006, “que prohíbe la importación de vehículos con más de cinco años de fabricación”.

“El año vehicular concluye el 30 de junio del año en curso, por lo que, todos los vehículos del año 2011 que se importen después de esta fecha, serán considerados como de seis años de fabricación, y por lo tanto, se les prohibirá su introducción al país de conformidad con la mencionada Ley”, explica el aviso de Aduanas. Agrega que los vehículos usados comprendidos en las partidas y subpartidas anteriormente indicadas, cuya importación estará permitida, a partir del 1∞ de julio del año en curso, serán los del año 2012.

Especifica que cuando se trate de vehículos que estuvieren sobre buques o manifestados para ser transportados hacia la República Dominicana antes de la finalización del plazo señalado, el consignatario deberá probarlo a satisfacción de la Administración Aduanera mediante la presentación de certificación expedida por el transportista de la carga o su representante local.

Otro medio de prueba sería la presentación del original del Conocimiento de Embarque (“Bill of Lading”), que permita validar la fecha exacta de salida del medio de transporte a puertos dominicanos, desde el país de origen o procedencia de los vehículos.

Aduanas aclara que la disposición no aplica para las importaciones de vehículos consignados a las misiones diplomáticas y consulares, y organismos internacionales acreditados en el país.

UNA MEDIDA DE CONTROL Al entrar en vigor esta pieza legislativa, son muchos los entendidos en la materia que han profesado la creencia de que se contribuirá, entre otros aspectos, con el descongestionamiento y saturación que existe en las calles y avenidas del país. La puesta en vigor de la ley ha sido reclamada desde hace años, pero no ocurría, ante el evidente interés de sectores poderosos vinculados a la importación de vehículos, que dejarán de recibir enormes beneficios con esas importaciones, lo que constituye un control.

Tags relacionados