Santo Domingo
Funcionarios candidatos tendrán 2 meses licencia
La Ley Electoral número 275-97 establece en su artículo 69 párrafo 1 que todo funcionario o empleado público de los organismos autónomos del Estado y de los ayuntamientos que sean postulados por una agrupación o partido político para cargos electivos, desde el momento en que la Junta Central Electoral acepte su candidatura queda suspendido en sus funciones de inmediato.
El mismo artículo, en su párrafo II, establece que la disposición exceptúa a los postulados que al momento de la aceptación de su candidatura ocupen cargos electivos, con la advertencia de que no podrán prevalerse de su condición en actos públicos o ante los medios de comunicación, para no crear desigualdad frente a los demás candidatos.
Amparado en lo que establece la ley, ayer el presidente Danilo Medina instruyó a los funcionarios que están postulados a cargos electivos a tomar licencia desde ya, hasta el 16 de mayo.
También dispuso la congelación de las nóminas correspondiente a contratación de personal temporal de la administración pública central y descentralizada, “con carácter inmediato y hasta el próximo 16 de mayo”. La decisión implica que no se podrán realizar designaciones de personal temporal, hasta que finalice la campaña. “Quedan excluidas de esta disposición las sustituciones de cargos que ya estén creados y que cuenten con su asignación presupuestaria”.
Las medidas están contenidas en un oficio emitido por el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, el cual fue leído por el portavoz de la presidencia Roberto Rodríguez Marchena, en una rueda de prensa.