MEDIOS DE PRUEBA

TSE sustenta caso sentencia del PRD

El Tribunal Superior Electoral (TSE) sustentó con 38 considerandos la sentencia número TSE-022-2013 relativa a la acción de amparo incoada el 4 de julio de 2013 por Juan Taveras Hernández, Ricardo Peña Acevedo, Rafael Castro, Roberto Castillo Tió, y otros 65 accionantes, así como 130 intervinientes voluntarios contra el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y su presidente Miguel Vargas. La acción fue declarada inadmisible por improcedente dado que con los medios de prueba presentados por los accionantes al Tribunal no se pudo comprobar la condición de miembros del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y por dicho motivo no se probó la violación de los derechos fundamentales alegados. La sentencia de 50 páginas plantea que los accionantes aportaron como prueba al TSE, la lista de asistencia a la reunión celebrada por el CEN el 4 de marzo del 2012; sin embargo, el Tribunal es de opinión que el CEN resultante de lo decidido en la XXVII Convención Nacional del 28 de febrero de 2010, está conformado por los miembros elegidos como resultado del voto universal de esa última convención válida del PRD.

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