IMPUGNACIÓN
Cámara Contenciosa de la JCE justifica decisión
DICE DIRECCIÓN DE PRD Y PLD OBJETARON RECUENTO DE VOTOS
La Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral (JCE) decidió retractarse de la medida que ordenaba el recuento de votos del colegio electoral 009 de Oviedo, Pedernales, fundamentada en que la dirección de los partidos Revolucionario Dominicano y de la Liberación Dominicana objetaron la decisión.
Así lo hace constar en su fallo, el Auto número 006/2010, donde alega además que “carece de fundamento ejecutar un procedimiento previamente cuestionado por ambas partes envueltas en el presente proceso”.
En uno de sus considerando indica que el PRD, a través de sus abogados, había desistido “in voce” a dicho recuento en la audiencia pública celebrada por ese organismo el 27 de mayo pasado, en la cual variaron sus conclusiones para solicitar la nulidad del colegio electoral, lo que fue aceptado por los representantes del PLD.
“Pura y simplemente la renuncia, constituye un hecho jurídico que de conformidad con el Código de Procedimiento Civil, impide a la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral como tribunal de justicia electoral ponderar o conocer nuevamente del asunto desistido, por lo que, dicha Cámara Contenciosa se encontraba en la imposibilidad jurídica de ejercer la medida de instrucción ordenada relativa al reconteo (sic) de los votos”, expresa.
Explica que al auto revocado al no constituir una decisión definitiva no cuenta con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por lo que se permite a quien dictó la medida revisarla posteriormente; igualmente, la jurisprudencia dominicana permite a cualquier juez o tribunal variar o dejar sin efecto cualquier asunto que halla ordenado.
ArgumentoOtro elemento tomado en cuenta para revocar su decisión fue el hecho de que el PRD manifestara su preocupación porque la Cámara Contenciosa no tenía la guarda de la valija a revisar y que las direcciones de Informática y de Elecciones, ambas dependientes de la Cámara Administrativa, habían realizado procesos de investigación.
Ante la objeción del PRD y PLD al recuento del colegio electoral, la Cámara Contenciosa determinó que no tenía sentido realizar un procedimiento al cual las partes se habían opuesto.
El auto no aparece firmado por la magistrada Aura Celeste Fernández, pero sí por Eddy Olivares, quienes se opusieron a la revocación del mandato de realizar el recuento del Colegio Electoral No. 0009 de Oviedo, Pedernales. También lo firman los demás jueces: Mariano Rodriguez, presidente; Leyda Piña Medrano y John Guiliani.