MEDIDA
Tribunal ordena paralizar construcción torre La Plata, en el sector Los Cacicazgos
SANTO DOMINGO.- La Segunda Sala Penal del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo ordenó la suspensión provisional de la construcción de la denominada Torre de Plata, que se levanta al lado del hotel Dominicana Fiesta. El tribunal tomó la decisión en respuesta a una solicitud de medida cautelar que en ese sentido le hiciera la Junta de Vecinos de los Cacicazgos, quienes libran una lucha en contra de la construcción de la obra por entender que va en contra de las regulaciones de edificaciones en el área. La construcción de la obra fue ordenada a través de la resolución No. 34-2007 dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional. Mediante la sentencia el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo declara buena y válida en al forma la solicitud de medida cautelar interpuesta por la Junta Vecinal de los Cacicazgos, INC, contra la resolución No. 34-2007 dictada por al Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional en fecha 23 de marzo del año 2007. “Ordena la suspensión provisional de los efectos de la resolución No. 34-2007 dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional en fecha 23 de marzo del 2007, tendente a suspender provisionalmente los trabajos de construcción de la torre denominada Torre de Plata, hasta tanto se decida el fondo del Asunto”, expresa el segundo artículo de la sentencia. En su artículo cuarto el tribunal ordena notificar la decisión a la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional, a la firma constructora “Construcciones Civiles y Arquitectónicas, así como a la Junta Vecinal de los Cacicazgos. En sus considerando, el tribunal tomó como ejemplo el señalamiento de la Junta de Vecinos, en el sentido de que la Sala capitular no tiene la facultad “o la capacidad legal” para emitir permisos de uso de suelo o modificar los otorgados por autoridad competente, ya que esa es una potestad de la Oficina de Planeamiento Urbano. Ya el 16 de abril de este año el Juzgado de Paz Municipal de Manganagua había dictado el auto No. 009-2008 mediante el cual ordenó la inmediata paralización de la obra de manera provisional y posteriormente mediante el auto 015-2008 declaró inadmisible una solicitud de revisión del ese auto de paralización provisional que había dictado ese mismo tribunal. PIE: La construcción de la obra fue ordenada a través de la resolución No. 34-2007 dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
