JUZGADOS

Proyecto prevé condonar deuda total a empleadores

EL SECRETARIO DE TRABAJO HABÍA DICHO QUE SÓLO SE LES DARÍA FINANCIAMIENTO

SANTO DOMINGO.- El proyecto de Ley que otorga amnistía a empleadores con atrasos en pagos al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), condonaría la deuda total a aquellos que nunca han pagado por ese concepto, lo que incluye el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, Salud y riesgos laborales del Régimen Contributivo. El secretario de Trabajo, José Ramón Fadul, había manifestado que el proyecto no busca perdonar la deuda de los empleadores con el SDSS por no haber registrado a sus trabajadores, sino que dará facilidades para que ningún empleado quede fuera del sistema. El párrafo uno del proyecto establece de manera textual: “La amnistía otorgada implica la condonación total de la deuda de todos los empleadores por concepto de los aportes y contribuciones pendientes de pago de los Seguros de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, Salud y Riesgos Laborales del Régimen Contributivo”. El proyecto, depositado por el Poder Ejecutivo en el Senado de la República el 20 del pasado mes de junio, dispone que la Tesorería Nacional se encargue de establecer todos los procedimientos requeridos y parámetros necesarios para la aplicación de la amnistía. “A partir de la promulgación de la presente Ley se otorga una amnistía a todos los empleadores públicos y privados, sean personas físicas o morales, con atrasos u omisiones en el pago de las cotizaciones relativas a los aportes de trabajadores y las contribuciones del empleador al Sistema Dominicano de Seguridad Social (IDSSS) que hayan estado operando durante la vigencia de la Ley 87-01, para que puedan corregir su situación ante la Tesorería de la Seguridad Social”, sostiene el proyecto. El artículo II del proyecto introduce un párrafo IV al artículo 28 de la Ley 87- 01, en el que establece que no podrán ser objeto de ningún tipo de embargos u oposición, las cuentas bancarias que debe abrir la Tesorería de la Seguridad Social dentro de la red financiera nacional para transferir los pagos que deba realizar por cuenta del CNSS para cubrir el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, Seguro Familiar de Salud y Seguros de Riesgos Laborales. Establece que la Tesorería de la Seguridad Social nunca podrá retener los pagos que deba realizar a las instituciones públicas, privadas o mixtas participantes en el sistema, más del tiempo estipulado por la ley, ni podrá actuar como tercero embargado. “Los únicos funcionarios competentes para comprobar y levantar las actas de infracción por las violaciones penales cometidas por los empleadores por la no-inscripción de sus trabajadores en el Sistema Dominicano de Seguridad Social y por la falta de pago de las cotizaciones a dicho sistema prevista en la Ley 87-01, son los inspectores de trabajo al servicio de la Secretaría de Estado de Trabajo”, indica el artículo 3 del proyecto. L AS MOTIVACIONESUniversalidad del SFSEn su comunicación de introducción del proyecto, el presidente Leonel Fernández establece que con éste se busca regularizar la situación de los empleados públicos y privados que nunca han cotizado al Sistema Dominicano de Seguridad Social, lo que ha impedido a sus trabajadores aprovechar sus beneficios, conforme al principio de la universalidad previsto en la Ley 87-01.Esa legislación entró en vigencia el 9 de mayo del 2001, pero las cotizaciones para el régimen contributivito se iniciaron a partir del mes de junio del año 2003.Tras conocer el proyecto, la presidenta de la Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom), Maribel Gassó, advirtió que perjudicaría a los empleados.En su opinión, este proyecto pretende que, además de borrar las deudas que tienen los referidos empleadores con el sistema, eliminar los derechos de cinco años de ahorros en pensiones que tienen los empleados de esas empresas que no han cumplido con sus obligaciones.

Tags relacionados