MEDIOS
Acosa a empleadas y aun así lo absuelven
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un farmacéutico de Alcalá de Henares al considerar que tocar las nalgas, besar y acariciar las piernas de sus empleadas sin el consentimiento de estas no supone un delito de acoso sexual.La sentencia, que data de julio, fue aprobada por unanimidad por tres magistrados: Francisco J. Serrano, José M. Fernández-Prieto y Julián Abad.Según el texto, “dar palmadas en las nalgas, dar un beso en la oreja, abrazar, dar un beso en los labios, acariciar la pierna o el pelo no implican la proposición de ninguna relación sexual, sino que suponen la realización de actos de contenido sexual”. Además, considera que el hombre proponía “una relación amorosa” que puede implicar o no tratos de carácter sexual, “por lo que no puede afirmarse que la proposición de una ‘relación sentimental’ alcance el carácter de una proposición de un trato o relación sexual seria e inequívoca”.Como el boticario no está acusado de abuso sino de acoso, la sala le absuelve y le exime de pagar la indemnización que le impuso, en primera instancia, un juzgado de Alcalá de Henares.

