Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

¡Al fin saldremos de este tranque!

Las multas por infracciones del tránsito, siempre que sean reales y no “fantasmas “, como existen ahora en abundancia, tienen que ser pagadas por los conductores que cometieron esas transgresiones.

En la medida en que esa disposición, que está consignada en la ley, se haga respetar sobre la base de multas reales e inobjetables, comenzaremos a experimentar cierto orden en el marco de las responsabilidades ciudadanas.

La ley 63-17 dice que el conductor está obligado a pagar las multas (y nosotros agregamos siempre que sean reales y no impuestas por error o por algún travieso algoritmo), y que si no lo hace no podrá renovar las matrículas de sus vehículos ni cumplir con otros compromisos legales o impositivos.

Tratando de remediar el tranque que se creó al anunciarse que la renovación de los marbetes de vehículos solo era posible si se pagaban las multas, miles de personas se vieron impedidas de hacerlo porque han sido afectadas con varias multas que no se reconocen auténticas ni justificadas.

Este impasse creó de inmediato una cierta parálisis del proceso que, al parecer, quedará debidamente resuelta tras el anuncio de la Dirección General de Impuestos Internos de que renovara los marbetes, sin tomar en cuenta las multas existentes..

Como se trata de una ley vigente, esta vía de solución al tranque que ha tomado la DGII, vigente solo por este año, podría ser el punto de partida para proceder a una impostergable revisión de la misma, a fin de evitar enojosos inconvenientes a ciudadanos que resultaron fichados y colocados virtualmente al margen de la ley, al atribuirseles “multas fantasmas”.

Al amparo de este antecedente que ha establecido la DGII queda pendiente por decidir si, para el cumplimiento de otras obligaciones impuestas por la ley, como es la de renovar licencias de conducir, seguros de vehículos, certificados de buena conducta o la inspección técnica vehicular, se mantendrá esta gracia excepcional, al menos para los casos de multas objetables o impugnadas.

Eso sería lo más razonable y justo.

De todas maneras, lo esencial es que se corrija, en su origen, el mecanismo que crea las “multas fantasmas”, para que no vuelvan a repetirse estas abusivas y perjudiciales experiencias contra los ciudadanos.

Tags relacionados