Justicia tardía, justicia denegada
Justicia tardía es justicia denegada, según una máxima jurídica ampliamente aceptada. Puede decirse que esto, efectivamente, es lo que ha sucedido con los 9,535 expedientes que todavía no había fallado, al final del 2011, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que maneja los casos civiles y comerciales. O con los 1,212 expedientes a la espera de fallos en la Tercera Sala, la que se ocupa de los asuntos de tierras, laborales y lo contencioso administrativo y tributario, más varias decenas de casos que ni el Pleno y las salas reunidas en la Suprema pudieron emitir sentencias definitivas. Es evidente que este cúmulo de expedientes sin fallar resulta perjudicial para las partes envueltas en los litigios, porque prolongan un estado de indefinición en la dilucidación de los casos o mantienen en suspenso decisiones que pueden implicar pérdidas hasta de tipo económico. Es tarea enorme la que tienen por delante los nuevos magistrados de la Suprema, de todas sus salas, para dar fluidez a esa montaña de expedientes sin fallar y romper así la parálisis o lentitud que parece acusar el trabajo de los antecesores. La Corte Penal dio ayer una demostración de que está en esa tesitura, al conocer 15 casos en menos de tres horas, evitando darle largas a asuntos que pueden tener una rápida y correcta definición y para eludir las innumerables chicanas que introducen abogados litigantes en el afán de extender en el tiempo el momento crucial del fallo final e inapelable. La Suprema no puede dejarse amarrar ni secuestrar por las chicanas, ni dejar que los expedientes se acumulen por tanto tiempo, en perjuicio de personas y entidades que apelaron a ella para encontrar justicia en sus conflictos o en sus reclamaciones.