Absurdo e inaceptable
Solo en el hipotético caso de que todos nos volviésemos locos en este país podría encontrar asidero la absurda pretensión de considerar como responsables, en el delito de difamación e injuria, a los anunciantes de un programa o medio de comunicación al que se le está imputando semejante infracción penal. El artículo 40, numeral 14, de la nueva Constitución de la República, establece claramente que “nadie es penalmente responsable por el hecho de otro”. Y la ley 6132, que regula el ejercicio de los medios de comunicación del país, describe, en cascada, los grados de responsabilidad para un caso de difamación e injuria, y en ningún caso extiende esas responsabilidades a terceros, vale decir, a las personas o empresas que han colocado publicidad comercial, política o institucional en ellos. La Suprema Corte de Justicia, en una sentencia del 18 de abril del 2000, robustece este principio al poner en claro que no es incriminable ni castigable, ni cae en el régimen de solidaridad responsable, la persona o empresa que se haya anunciado en un espacio en el cual se han vertido, ciertas o no, expresiones o alegaciones que configuren el delito de la difamación e injuria. Establecidas estas premisas, el LISTÍN DIARIO rechaza vigorosamente las pretensiones de involucrarlo como cómplice o responsable en una acusación por difamación e injuria que se le ha imputado a la productora de televisión Nuria Piera, directora del programa Nuria en el 9, por la difusión de informaciones de las que hemos estado ajenos. Como ya se han conocido, en la justicia, varios casos que pretenden amordazar o arrinconar a los medios de comunicación -felizmente rechazados por los jueces- cumplimos con advertir que al LISTÍN DIARIO no lo atemorizarán con tentativas, legalistas o no, solapadas o no, que procuren dañar o entorpecer el clima de libertad de prensa existente, por el cual ha luchado siempre, desde su fundación, con gallardía y valor.

