AIRD respalda a diputada que propone modificar la cesantía en reforma laboral
La AIRD destacó la labor realizada por la legisladora del Partido Revolucionario Moderno (PRM al “promover un espacio de discusión técnica y análisis legislativo sobre el tema laboral” en la Cámara Baja.
Industria-Textil
La Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) manifestó este jueves su respaldo a la iniciativa elaborada por la diputada Carmen Ligia Barceló que propone colocar un límite a la cesantía laboral, con un tope máximo de seis meses.
El colectivo empresarial destacó la labor realizada por la legisladora del Partido Revolucionario Moderno (PRM al “promover un espacio de discusión técnica y análisis legislativo sobre el tema laboral” en la Cámara Baja.
Esta entidad considera que la sociedad dominicana tiene “una oportunidad clave” para actualizar el marco legal laboral, adecuándolo a las transformaciones del mercado de trabajo y la realidad económica del país.
Diputada Carmen Ligia Barcceló
“Procurando un equilibrio entre los derechos de los trabajadores y la viabilidad del ecosistema empresarial”, establece un comunicado al que tuvo acceso este medio.
Al ser entrevistada ayer en el Congreso Nacional, Ligia Barceló expresó que es su "deber y responsabilidad" continuar presentando este tema en las mesas de discusión, ya que "es importante para el tejido empresarial de la República Dominicana".
Considera necesario que el Estado desarrolle un equilibrio "entre los beneficios de los empleados y la viabilidad de las empresas”.
"Sobre todo en un país donde la mayor parte de las empresas son pequeñas y las cargas del pasivo laboral muchas veces (las) llevan a la quiebra", dijo.
La representante de la provincia Hato Mayor emitió esas declaraciones luego de participar en la reunión de la comisión de diputados encargada de estudiar cuatro piezas que buscan reformar la Ley 16-92 del Código de Trabajo.
Esta comisión tiene el objetivo de presentar antes de diciembre el informe ante el pleno del órgano legislativo. Según aseguró el presidente diputado Melido Mercedes, esa cámara del Poder Legislativo aprobará una de las iniciativas antes de que culmine la legislatura ordinaria, el próximo 12 de enero.
"Prácticamente estamos en sesión permanente. Claro que sí. Es probable. Inclusive ya el presidente de la Cámara de Diputados (Alfredo Pacheco) lo ha dicho en reiteradas ocasiones", dijo el diputado Mercedes al responder la pregunta de periodistas sobre si esa meta es posible.
Trabajo doméstico sin cesantía
Además de limitar este derecho adquirido por los sindicalistas en el año 1992, la diputada busca excluir a los trabajadores del hogar de las prestaciones económicas establecidas en el Código de Trabajo actual para los asalariados, mientras que el marco legal vigente no lo hace.
"No aplican a los contratos de trabajo del hogar las disposiciones de los artículos 80 y siguientes del Código de Trabajo", versa el párrafo del artículo 265 de su documento, titulado: Del Trabajo de los Domésticos.
Rechazo de los sindicalistas
Rafael (Pepe) Abreu, uno de los representantes del sector sindicalista, reafirmó su rechazó a la visión que tienen el empresariado y la legisladora Barceló de tocar las prestaciones laborales.
"¿Qué busca ella pretendiendo incluir la cesantía, a quién está obedeciendo, a sectores económicos al que ella pertenece? Que sepa ella que los diputados se eligen por circunscripción y por tanto son más vulnerables a la hora de una elección que los senadores…", expresó estos cuestionamientos, al ser entrevistado en una jornada de empleos realizada por el Ministerio de Trabajo.
En ese espacio, el ministro de esa institución gubernamental, Eddy Olivares, entiende que la transformación de esta ley no puede ser postergada, "ya no podemos esperar más".
¿Qué es la cesantía?
La cesantía es el pago “auxiliar” que debe realizar el contratante cuando ejecute el desahucio (despido) del empleador. El monto está establecido en función del tiempo que el empleado tenga perteneciendo a la compañía. El procedimiento está situado en a partir del artículo 80 de la ley.

