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Tras ocho años de una ley que los “protege” los animales siguen a la espera de sus albergues

Algunas personas afirman que hay organizaciones que tienen esto como negocio.

Como única “cliente”, esta chiva se sirve unos guineitos en el Mercado de la Duarte, aprovechando la ausencia del dueño de la mercancía. ADRIANO ROSARIO/LISTÍN DIARIO.

Como única “cliente”, esta chiva se sirve unos guineitos en el Mercado de la Duarte, aprovechando la ausencia del dueño de la mercancía. ADRIANO ROSARIO/LISTÍN DIARIO.

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Lilian TejedaSanto Domingo, RD

Quien escribe ha sido testi­go de que en República Do­minicana no existen políti­cas públicas para proteger a los animales. En múltiples ocasiones ha buscado refu­gio para animalitos rescata­dos y no lo ha encontrado, al menos en el Gran Santo Do­mingo.

“No tenemos refugio”, es la respuesta constante tan­to de los organismos del Es­tado como el Departamento de protección animal de la Procuraduría General de la República (PGR) y muchas organizaciones que se ha­cen llamar protectoras de los animales, pero se limitan a ponerlos en adopción en sus redes sociales porque no tie­nen espacios para albergar­los.

Por suerte ha logrado ubi­carlos en un hogar por su propia vía, con la ayuda de amigos y familiares, pero la ayuda de los organismos es­tatales y de varias fundacio­nes de protección animal ha sido prácticamente nula.

Una ley que no se cumple

En el 2012 muchas los amantes de los animales ce­lebraron la promulgación de la Ley de Protección Animal y Tenencia Responsable, No. 248-12, porque tenían la es­peranza de que el Estado asu­miría la responsabilidad de proteger a los animales, pero han pasado ocho años y prác­ticamente nada ha cambiado.

Por las calles del país siguen deambulando perros y gatos famélicos, heridos, enfermos, continúa la exhibición y venta de animales en condiciones in­adecuadas, los caballos siguen utilizándose (aunque en me­nor medida) sin la debida con­sideración…En fin, es evidente que la protección animal sigue siendo una tarea pendiente en República Dominicana, un país que depende en gran medida del turismo y esto da una ima­gen negativa a los extranjeros en cuyos países los derechos de los animales sí son respetados.

¿Qué establece la ley?

Según la ley, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia So­cial, el ayuntamiento del Dis­trito Nacional, los ayunta­mientos de los municipios y las juntas de distritos muni­cipales están en la obligación de instalar casas albergues en el ámbito de su territorio. Sin embargo, todavía no se ha instalado el primero, a pesar de que muchos políticos lo han prometido.

“Compete al Ministerio de Salud Pública y Asistencia So­cial instalar casas albergues en cualquier comunidad o en la cabecera de provincias, según las necesidades. Los ayuntamientos y las juntas de distritos municipales que­dan obligados a instalar casas albergues en el ámbito de su competencia territorial”, esta­blece textualmente la ley en su artículo 12.

Las instituciones protecto­ras de animales también pue­den instalar casas albergues y deben recibir toda la ayuda económica y material que re­quieran del Estado, los ayun­tamientos y juntas de distritos municipales. En los refugios, en teoría, los animales de­ben recibir las atenciones que ameriten como cuidados ve­terinarios, higienización, ali­mentación, vacunación y una protección general que apor­te a su bienestar.

Tenían dos años para instalarlos

Conforme a la ley, en un pla­zo de dos años tras su promul­gación el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de­bía poner en funcionamiento casas albergues en cabeceras de provincias y en el Distrito Nacional y en los lugares que considere necesarios.

En el mismo período los ayuntamientos tenían la obli­gación de instalar casas alber­gues particulares, conjuntas o mancomunadas.

También es obligación del Estado, a través de la Policía Nacional o Policía Municipal y en coordinación con el Ministe­rio de Salud Pública y Asisten­cia Social, los ayuntamientos o juntas municipales, recoger a todo animal con o sin due­ño que deambule por las áreas públicas, que se encuentre en­fermo o perdido, que haya si­do abandonado por su dueño o maltratado, enviarlo a la casa albergue del lugar y brindarle los cuidados que amerite.

El artículo 73 de la ley dice que es deber de los ciudada­nos informar a las autoridades sobre la existencia en lugares públicos de animales realen­gos o enfermos o recogerlos y depositarlos en las casas alber­gues públicas o privadas.

No obstante, aunque existen muchas perso­nas dispuestas a resca­tar animales callejeros, se desmotivan debido a que no encuentran donde ubicarlos y tie­nen que hacerse res­ponsables del animal y cubrir los gastos que conlleve su cuidado.

No todo el mundo por más que ame a los ani­males y les duela verlos sufrir tiene esa posibili­dad, ya sea por falta de espacio o de dinero.

Algunos alegan además que hay organizaciones que tienen esto como negocio.

“Dejé de rescatar por­que la mayoría de mis colegas y algunas fun­daciones tienen los res­cates como negocio. Es muy duro ver todo lo que vi sin poder ha­cer nada y sin una ley que de verdad se cum­pla. Las fundaciones no te ayudan si rescatas”, afirma Dulce Dionisio, quien duró varios años rescatando perros pe­ro se le hizo insostenible continuar.

Como si se tratase de un potrero en plena ciudad, esta vaca busca alimentarse en las proximidades del zoológico nacional.

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