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“Combinaciones de Negocios”: NIIF 3

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Juan Carlos EspinozaSocio Auditoría Deloitte República Dominicana

¿Compro un negocio o un activo? Pareciera simple, sin embargo, en la práctica la diferenciación de uno y otro no es tan sencilla. Lo que sí es muy diferente es su tratamiento contable bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). De ahí la necesidad de enmendar la NIIF 3, con relación a la definición de lo que es un negocio.

La enmienda, en resumen, establece que indistintamente de la forma legal- si adquiero un proceso que es crítico para seguir produciendo e incluye una fuerza laboral organizada con ciertas habilidades y conocimiento para realizar el proceso, o si adquiero un proceso importante para producir que es único y que no puede ser sustituido sin incurrir en un costo significativo- estoy adquiriendo un negocio. En consecuencia, estaría en el alcance de la NIIF 3.

De no cumplirse con estos criterios estaría adquiriendo un activo y su tratamiento contable estaría fuera del alcance de la citada norma. El alcanzar esta conclusión, siempre va a requerir el uso del juicio y el análisis cuidadoso de todos los hechos y circunstancias de la transacción.

Veamos un ejemplo sencillo – supongamos que adquiero una torre de oficinas corporativas de diez pisos, que incluye: el edificio, el terreno, los contratos de alquiler de todos los pisos y un contrato externo de limpieza, seguridad y mantenimiento; la transacción no incluye empleados, otros activos, ni otros procesos. El contrato de seguridad, limpieza y mantenimiento no se considera significativo.

El terreno, el edificio y los contratos de alquiler en su conjunto son inputs para el proceso, sin embargo, al no haber una fuerza laboral critica en habilidades o conocimiento para producir ingresos por renta, no se está adquiriendo un proceso crítico. En consecuencia, esta transacción estaría fuera del alcance de la NIIF3, dado que se están adquiriendo activos y no un negocio.

La enmienda de la NIIF 3 se aplicable para los periodos contables que iniciaron el 1 de enero de 2020.

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