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Gobierno Corporativo y Mercado de Valores II

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José Antonio Fonseca ZamoraSanto Domingo

Recientemente la Superintendencia del Mercado de Valores ha puesto en discusión pública un proyecto de Reglamento de Gobierno Corporativo, es momento apropiado para revisar algunos conceptos sobre gobernabilidad corporativa para luego comentar algunos aspectos interesantes del mencionado proyecto.

El gobierno corporativo es el conjunto de reglas, políticas y procedimientos que rigen la dirección de una empresa, es decir la forma en que es dirigida y controlada en el desarrollo de su negocio o actividad económica.

Generalmente un buen gobierno corporativo debe establecer:

a. La distribución de los derechos y obligaciones entre los distintos participantes de la empresa. En esta distribución se encuentran típicamente los accionistas y los administradores.

b. Las reglas para la toma de decisiones en la empresa: ¿Quién puede tomar qué decisiones? ¿Cómo se comunican las decisiones?

Este conjunto de reglas puede estar expresado formalmente o no, la mayoría de las empresas de nuestro país no tiene un reglamento o código de gobierno corporativo, sin embargo toda empresa tiene sus modos de hacer las cosas.

Las empresas con buen gobierno corporativo son percibidas como más confiables, y como tal acceden a mejores condiciones en los mercados en los que se desenvuelven.

Estas empresas consiguen más accionistas dispuestos a invertir en la empresa, o más bancos dispuestos a financiar sus actividades, en mejores condiciones y plazos más cómodos. Una empresa regida por un “buen gobierno corporativo” implica que la empresa está más ordenada, planifica mejor sus objetivos y estrategias y responde con más eficiente en sus procesos.

Según el artículo 1, el reglamento en consulta pública “tiene por objeto establecer los principios y lineamientos mínimos que deberán implementar los participantes del mercado de valores, a los fines de transparentar las relaciones entre los órganos de administración, gestión, control, accionistas y terceros interesados de la sociedad”.

Como vemos, el ámbito es amplio y no pretende sólo reglamentar la relaciones de los órganos de administración sino ir más allá de una forma muy interesante abarcando los “terceros interesados de la sociedad”.

Pudiendo entenderse esto como clientes, reguladores o supervisores, proveedores, etcétera, este ámbito es muy completo y pretende agregar niveles de transparencia a toda la comunidad de negocios y supervisión que se relacione con un participante del mercado de valores.

Otro aspecto muy interesante es que el ámbito de aplicación no incluye a los emisores de deuda o renta fija, para ellos la adopción será voluntaria. En nuestra opinión, la adopción de buenas prácticas de gobierno corporativo se constituye en una ventaja competitiva para las empresas, así que creemos que veremos en el tiempo, que muchas empresas irán adoptando estas prácticas de forma voluntaria.

Sin duda, estamos entrando a niveles mayores de madurez en nuestro mercado, será un reto la adopción de éstas prácticas, pero irá en beneficio de todos, bienvenido el buen gobierno corporativo.

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