EXENCIONES

Revisar las exenciones

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Edgar Banichta Especial para LISTÍN DIARIOSanto Domingo

En un país donde se habla de aumentar la presión tributaria, disminuir la corrupción y el privilegio que disfrutan políticos y empresarios y de que todos debemos pagar impuestos, el debate debe iniciarse con una revisión de todas las exenciones fiscales para determinar cuáles deben permanecer y cuáles deben eliminarse. Las exenciones bien utilizadas pueden servir como instrumentos de desarrollo económico y de fórmula para no gravar con impuestos a las clases más desposeídas. Sin embargo, cuando son mal utilizadas pueden tener un resultado adverso a la economía y convertirse en privilegio, favoritismo, competencia desleal y desigualdad, recayendo la presión tributaria únicamente en un sector de la población, que es el que siempre paga los platos rotos. Los legisladores deben saber que el artículo 244 de la Constitución prohíbe que se beneficien de exoneraciones de vehículos, pues las exenciones solo pueden otorgarse en beneficio de “determinadas obras o empresas hacia las que convenga atraer la inversión de nuevos capitales para el fomento de la economía nacional o para cualquier otro objeto de interés social,” y las exoneraciones a los legisladores no caen en estas categorías. La Suprema Corte de Justicia no debe tardar tanto tiempo en conocer y fallar recursos de inconstitucionalidad presentados en contra de algunas exoneraciones, pues el pueblo puede interpretar que la falta de justicia rápida se debe a miedo o dejadez. Es necesario revisar las exenciones. Sin embargo, siempre debe mantenerse la legalidad, la seguridad jurídica y el respeto a la Constitución, en especial su artículo 244, que consagra que una vez otorgada la concesión o aprobado el contrato, el particular tiene el “derecho de beneficiarse, por todo el tiempo que estipule la concesión o el contrato” de las exenciones que le han sido concedidas, no pudiendo revocarse durante el período que señale la concesión o el contrato. Es importante tener cuidado con las palabras de algunos políticos que no aclaran que cuando hablan de miles de millones en exoneraciones, una gran parte de estos millones se refieren a exenciones que benefician a los pobres, como las exenciones del ITBIS a las medicinas y alimentos, las cuales deben mantenerse. Además de las exenciones generales que aparecen en el Código Tributario, en la actualidad existen exenciones para las Cámaras de Comercio y Producción, Organizaciones No Lucrativas, Cinematografía, Competitividad e Innovación Industrial (Proindustria), Energías Renovables, Fomento y Desarrollo Turístico, Libros y Bibliotecas, Pensionados y Rentistas de Fuente Extranjera, Reactivación y Fomento de las Exportaciones, Sector Textil y Pieles, Zonas Francas Comerciales, Zonas Francas de Exportación, Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, Zonas Financieras Internacionales e innumerables exoneraciones por Contratos aprobados por el Congreso Nacional.

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