ADMINISTRADORA DE RIESGOS
Protección que ofrece seguridad en trabajo
LOS TRABAJADORES SABEN POCO SOBRE SU PROTECCIÓN LABORAL
SANTO DOMINGO.- “El trabajo dignifica al hombre” dice una frase que no es machista, pero que se refería al género masculino porque data de hace muchos años, cuando las mujeres no realizaban labores productivas fuera del hogar. Hoy la situación ha cambiado, hombres y mujeres están casi a la par en la representación de la fuerza laboral formal e informal.
Pero sin tomar en cuenta la labor ni quien la realice, lo importante es que todo trabajador debe estar protegido contra los riesgos, accidentes y cualquier otra dificultad que se presente durante la faena diaria laboral.
En República Dominicana las legislaciones laborales y de seguridad social son claras en esta parte, aunque sólo se ha avanzado un poco en la protección de los trabajadores formalizados.
Para los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales está la administradora de riesgos laborales (ARL), una entidad estatal que recibe cada mes el aporte de una proporción del salario de los trabajadores, pero que corre por cuenta de los empleadores.
En este momento la ARL tiene un fondo acumulado que ronda los RD$5,700 millones y se utilizan para cubrir los gastos en que incurre el trabajador cuando tiene alguna dificultad relacionada con la labor que realiza. Esa cobertura es totalmente independiente de la que ofrece el seguro familiar de salud a través de las ARS.
El funcionamientoSi usted trabaja en una empresa y sufre un golpe o fractura debe dirigirse a cualquier centro médico, público o privado, comunica que se trata de un accidente de trabajo y de inmediato será atendido. Las clínicas privadas ya están al tanto de ese tipo de situaciones. Mientras recibe la atención usted o alguien allegado se comunica con la ARL para que envíe a un supervisor a fin de verificar que ciertamente fue un accidente de trabajo. La comprobación hace que la ARI autorice el pago de todos los gastos en que se incurra durante su atención. Se puede comunicar con la ARL por la vía telefónica, Internet o físicamente.
Pero esa misma atención se le ofrece si el accidente fue en el camino desde su casa hacia su centro de trabajo o desde su centro de trabajo hacia su casa, es decir, un accidente de tránsito o cualquier otro incidente que le afecte también tiene la cobertura total.
“Inmediatamente el trabajador se pone en contacto con nosotros, si es un accidente de trabajo, nosotros pagamos el 100 por ciento de la atención. Él no tendrá que pagar”, expresa Elisaben Matos, administrador de la ARL.
El ejecutivo, médico de profesión, explica que el fondo para la cobertura de los accidentes de trabajo se cubre con el aporte que hacen las empresas del país equivalentes al 1% del salario de los trabajadores hasta cuatro salarios mínimos nacionales. Antes era hasta diez salarios mínimos. Por esa razón el máximo de contribución es de unos RD$24,000. Es decir, si usted gana RD$40,000, la empresa aportará a la ARL el 1% de su salario hasta RD$24,000. La ARL recibe esos recursos a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
Cuando no se cumpleUsted se preguntará: ¿Qué pasa si la empresa para la cual trabajo no está haciendo ese aporte legal a la TSS? En ese caso, si usted tiene un accidente laboral debe dirigirse al centro médico más cercano y luego comunicarse con la ARL, entidad que hará las averiguaciones y de comprobar morosidad de la empresa, la ARL paga el servicio médico y luego se encarga de cobrárselo al empleador. Esto quiere decir que de todas formas el trabajador no tiene que pagar nada por el servicio.
“El artículo cuatro de la Ley de Seguridad Social establece que en los casos de accidentes laborales el trabajador nunca pierde su derecho, por eso nosotros le garantizamos la atención aunque la empresa no esté al día en las cotizaciones. En esos casos nosotros pagamos y le cobramos a la empresa”, dijo el ejecutivo.
Empresarios recortanEn los casos de accidentes laborales que implican períodos largos de incapacidad, la ARL debe pagar el salario del trabajador.
Sin embargo, hay algunas limitaciones en este aspecto: la ARL cubre el 75% del salario por el que cotiza el empleado al sistema. A veces se da el problema de que el empleado tiene un salario de RD$10,000 mensual, por lo que le corresponderían RD$7,500 (75%). Pero algunas empresas cotizan reportando un salario menor. Matos explica que si ese mismo trabajador es reportado con un salario de RD$5,000 por parte de la empresa, entonces la ARL pagaría sólo RD$3,750 (75%) del salario cotizable reportado. En esos casos el trabajador tiene el derecho de demandar a la empresa.
Lo mismo ocurre cuando el trabajador muere por un accidente de trabajo y la pensión asignada es de 75% del salario cotizable.
Otra desventaja que tienen principalmente los trabajadores con salarios medios y más altos, es la que se presentó cuando el sector empresarial propició una modificación de la Ley 87-01 sobre Seguridad Social para reducir el salario cotizable.
En el pasado se establecía un promedio cotizable de 1% hasta 10 salarios mínimos, con lo que la cobertura de protección sería de hasta RD$54,000 mensual. Luego los empresarios hicieron que se bajara hasta cuatro salarios mínimos, por lo que ahora la cobertura es de hasta RD$24,000.
“Ese margen de diferencia de seis salarios mínimos afecta a los que más ganan si tienen accidentes de trabajo”, explica el administrador de la ARL.
Por ejemplo, si usted tiene un salario de RD$50,000 mensual y sufre un accidente laboral que le impide seguir trabajando, la ARL le va a garantizar el pago del 75% de su salario, pero no de los RD$50,000, sino de los RD$24,000, que es el límite máximo que cotiza su empleador porque el 1% es de hasta cuatro salarios mínimos, por lo que su pensión laboral sería de unos RD$18,000 mensual (el 75% de RD$24,000).
Esa modificación legal no sólo bajó la cotización sobre la cantidad de salarios mínimos, sino también el porcentaje que era en escalas desde 1% hasta 1.4% de acuerdo con el nivel de riesgo de la empresa, pero se bajó a un máximo de 1.2%.
¿Por qué razón los empresarios incidieron para que se modificara la ley y se bajara a esos niveles en perjuicio de los trabajadores? Porque la ley establece que esa cotización para el SRL corre por cuenta exclusivamente de los empleadores para beneficio de los empleados.
Si usted desea comunicarse con la ARL puede llamar en Santo Domingo al 809-563-2757 y desde el interior sin cargos al 1-809-200-2175 o a la página web: www.arlss.gov.do
La ARL tiene oficinas en las principales provincias del país y ha hecho acuerdos con los más importantes centros médicos privados para que reciban con agilidad a cualquier trabajador que sea afectado de algún accidente laboral y que lo informe al momento de presentarse al área de emergencia.
En cuanto a la rapidez para que se presente el supervisor encargado de verificar que la persona accidentada se enmarca en lo laboral, la ARL tiene acuerdos con médicos de diferentes regiones que se presentan al centro de atención de inmediato cuando son llamados para hacer la labor de inspección.
LOS DETALLES DE LA ARLElisaben Matos es el administrador de la Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura (ARL). Es médico de profesión y especializado en salud laboral. Su nombramiento lo realiza el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).
¿Qué es la ARL?La ARL es una entidad corporativa del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) que tiene a su cargo la administración y gestión del seguro de riesgos laborales establecido en el nuevo sistema dominicano de seguridad social.
¿La administración es independiente del IDSS?En el caso de la ARL tiene una administración y financiación independiente del IDSS. Como unidad corporativa el IDSS tiene cuatro áreas de negocios: la ARL, la prestadora de servicios de salud (red de hospitales), la administradora de riesgos de salud (ARS) y las estancias infantiles. Cada una de esas empresas del IDSS se manejan independientes en términos administrativos.
¿Además de los accidentes, la ARL cubre las enfermedades causadas por el trabajo?La gestión de riesgos en el caso de SRL le corresponde a esa entidad como tal, y es importante tomar en cuenta la diferencia de la prestación de servicios cuando ocurre un accidente de trabajo y/o una enfermedad profesional. Mucha gente no hace la diferencia porque piensa que es como ocurría antes en el IDSS, que sólo se cubrían accidentes de trabajo.
¿La cobertura es sólo por accidentes dentro del centro de trabajo?Con la nueva legislación se cubre el accidente de trabajo, pero se incluye el accidente que ocurre cuando el trabajador se desplaza desde su casa hacia el lugar de trabajo o desde el lugar de trabajo hacia su casa. El 20% de los accidentes laborales que nosotros atendemos ocurre en el trayecto desde y hacia el centro de trabajo.
¿Cómo se determinan las enfermedades profesionales?Ahora se cubren las enfermedades profesionales, todas aquellas patologías que sufre un trabajador como consecuencia o en relación al trabajo que desarrolla. Por ejemplo, un profesor con un problema en la garganta que le impide hablar o a un locutor que presente una lección en la garganta, se consideran enfermedades profesionales, porque esos trabajadores viven de hablar mucho. En el caso de una persona que trabaja en diagramación, en cómputos, puede presentar un problema en la muñeca que no le deja moverla y eso se considera una enfermedad profesional para ese oficio.
¿Y si la afección es fuera del centro de trabajo?Otra cosa es que tu trabajes en una empresa fabricante de baterías y presentes problemas de plomo en la sangre, lo cual se califica como enfermedad profesional, pero si tu no trabajas en esa empresa, sino que eres vecino, no se te acoge ese mal como enfermedad profesional, porque no trabajas en esa empresa.
