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Bancas y ley de lavado

El Senado actuó correctamente al modificar el proyecto de Ley de Lavado de Activos en lo relativo a la exclusión de las bancas de apuestas de la lista de sujetos obligados no financieros, y de paso demostró la falsedad de que esa medida estuviera motivada en el supuesto “peso político” atribuido a los dueños de bancas o a la influencia de sus representantes en el Congreso.

De hecho, los dueños de bancas pidieron que los mantuvieran en la lista de sujetos obligadosÖ Pero la decisión final fue asumida conjuntamente por la comisión de senadores encargada de estudiar el proyecto y por la mesa técnica creada por el Gobierno para trabajar la ley, motivados en tecnicismos que habrían colocado un corset financiero al Estado.

Por ejemplo, de haberse incluido a las bancas de apuestas dentro del conjunto de sujetos obligados, el Estado habría caído en la obligación de demostrar --en una evaluación que en los próximos meses hará al país el Grupo de Acción Financiera Internacional para América Latina (GAFILAT)-, que se encuentra en capacidad de asegurar que más de 30 mil bancas legales que existen en la actualidad ejecutan los procedimientos preventivos que la ley asigna a los sujetos obligados y que las instituciones reguladoras supervisan su cumplimiento.

Es decir, las bancas de apuestas como sujetos obligados deberán cumplir los mecanismos destinados a prevenir, detectar, evaluar y mitigar el riesgo de lavado de activosÖ Lo que, a su vez, implicaría hacer la “debida diligencia” a sus clientes estableciendo procedimientos y haciendo gestiones que permitan conocerlos y asegurarse de que los fondos utilizados por estos en cualquier transacción no son el resultado de ilícitos penales.

Por tanto, de incluirse las bancas de apuestas dentro de los sujetos obligados, las jovencitas que se encuentran en esos cubículos tomando números a los apostadores tendrían que recibir un entrenamiento que les otorgue capacidades para identificar operaciones sospechosas y poder reportarlas, además de que cada banca deberá contar con la información de todos sus clientes antes de tomar o pagar apuestasÖ

Y si bien es cierto que estos procedimientos son sanos y deben implementarse para controlar ese submundo oscuro que constituyen las apuestas, el país no está en capacidad de montar una estructura para esos fines antes del próximo octubre cuando nos visiten los inspectores del GAFILAT.

Como para esa evaluación no basta tener la norma sino demostrar su aplicación eficientemente, el país caería en lista negra, lo que no solo aumentaría el riesgo país y encarecería el acceso al financiamiento internacional tanto para el sector público como para el privado, sino que la propia banca comercial tendría dificultades para hacer operaciones en divisas y estaría en riesgo de perder corresponsalías dificultando todas las operaciones financieras y comerciales desde y hacia la República Dominicana.

Esto no quiere decir que el Estado reniegue su responsabilidad de establecer controles en un sector que, como el de las apuestas, se presta a operaciones clandestinasÖ De hecho, la ley impone estrictos controles al manejo de efectivo en los casinos, que sí fueron incluidos como sujetos obligadosÖ Sólo que ha decidido aplazar las regulaciones a las bancas de apuestas hasta mediados del próximo año cuando se debata el caso dominicano en la conferencia del GAFI, y nos quitemos del cuello esa espada de Damocles que amenaza la estabilidad y solidez financiera del país.

Para estos fines el proyecto de ley otorga facultades a la Comisión Nacional de Lavados de Activos de incluir por vías administrativas nuevos sujetos obligados cuando lo considere necesarioÖ Y según ha revelado la autoridad, en los próximos meses se tomarán medidas para que las bancas de apuestas puedan incluirse en la categoría de sujetos obligados no financieros.

Pero la campaña que ciertos sectores tienen montada en contra de la Ley de Lavado de Activos difunde que las bancas de apuestas quedaron excluidas de los rigores establecidos en la leyÖ Y eso no es cierto.

Los “banqueros y riferos” --al igual todos los sectores de la sociedad-, quedarán regulados por la parte represiva de la ley que incrementa las sanciones y que, entre otras cosas, amplía la amalgama de delitos precedentes o que generan bienes y activos susceptibles de lavado de capitales. Esa lista incluye el soborno y la corrupciónÖ pero también la evasión y la elusión fiscal.

Y para las personas del sector privado y profesionales liberales que nunca en su vida han pagado impuestos, esto supone una enorme amenaza que motiva cualquier campaña que propicie una dilación en la implementación de estas disposiciones

No sería la primera vez. Ya lo hicieron en 2002 cuando lograron sacar la Ley 72-02 tanto la corrupción administrativa como la evasión fiscal.

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