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Reflexiones sobre la nacionalidad: ¿por qué hay apátridas?

Los estudiantes de 11mo. del Colegio Community for Learning estuvieron profundizando en el tema de las migraciones. Al hablar sobre la nacionalidad, se hicieron, entre otras, las siguientes preguntas: ¿Qué es la nacionalidad? ¿Por qué hay personas sin nacionalidad?

¿Es posible no tener nacionalidad? ¿Cómo tal cosa puede ser posible? Desafortunadamente sí es posible; estas personas son llamadas apátridas. Un apátrida es aquella persona que no tiene ninguna nacionalidad, que no tiene un Estado considerado destinatario de la aplicación de su legislación.

En otras palabras esto quiere decir que los apátridas son personas que carecen de una nacionalidad que sea legalmente aprobada por el gobierno de un país. Esto refuta las reglas de los Derechos Humanos, que establecen que toda persona tiene su derecho a pertenecer a un país y tener su nacionalidad y ciudadanía.

Razones por las cuales una persona llega a ser apátrida. Por ejemplo, si poseía la nacionalidad de un Estado que haya desaparecido, por perder la nacionalidad a causa de decisión gubernamental; como ser exiliado de su país por el mal comportamiento hacia el país, entre otras.

Otra razón sería porque haya nacido en territorios disputados por más de un país y por último, pudiese ocurrir que una persona naciera en territorio donde la ley de Ius Sanguinis es aplicada (nacionalidad obtenida por la de sus padres), y que sus padres tengan la nacionalidad donde solo se aplica el Ius Soli (solo tienen la nacionalidad los que nacen en el territorio).

Esto ha ocurrido una gran cantidad de veces, por lo cual países de Europa, como Francia y Alemania, han debido tomar medidas exclusivas para estos casos en los que si es necesario le otorgan la nacionalidad.

Otra manera en que las personas se convierten en apátridas es cuando viven ilegalmente en un país, no se preocupan por sacar su ciudadanía, y tienen hijos que nacen en este territorio clandestinamente, es decir, que nacen en hogares de las comunidades y no son transferidos a hospitales para otorgarles nacionalidad e identidad. Esto se presenta normalmente en países que siguen el criterio de la nacionalidad de Ius Sanguinis (definido anteriormente) lo cual indica que a estos hijos de inmigrantes ilegales no se les puede otorgar la nacionalidad en este territorio.

¿Por qué no hacemos algo para cambiar esta situación? Como país hay que buscar la manera de resolver este problema de la manera más civilizada posible, facilitándole una solución a estas personas y a nuestra propia nación.

(+) DE LA NACIONALIDAD ARTÍCULO 19.- NATURALIZACIÓN. Las y los extranjeros pueden naturalizarse conforme a la ley, no pueden optar por la presidencia o vicepresidencia de los poderes del Estado, ni están obligados a tomar las armas contra su Estado de origen.

ARTÍCULO 20.- DOBLE NACIONALIDAD. Se reconoce a dominicanas y dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera.

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