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TC valida el secreto bancario según la ley

TC confirmó la sentencia número 245-2015, emitida por el TSA el 14 de julio del 2015, al verificar que no se viola el derecho a la información pública.

TC confirmó la sentencia número 245-2015, emitida por el TSA el 14 de julio del 2015, al verificar que no se viola el derecho a la información pública.

El Tribunal Constitucional (TC) validó el secreto bancario establecido legalmente en el país, al rechazar un recurso de revisión de amparo que buscaba que la Superintendencia de Bancos informe si la vicepresidenta de la República, Margarita Cedeño; el senador Félix Bautista y el señor Alberto Cedeño tienen cuentas bancarias en Dinamarca.

El TC estableció que con la negativa de la Superintendencia de Bancos a suministrar esas informaciones no violó el derecho a la información pública, porque esa entidad tenía que cumplir con su obligación de confidencialidad, así como con el secreto bancario que le imponen la Ley Monetaria y Financiera, número 183-02, del 21 de noviembre de 2002. Además, determinó que la información solicitada no era pública.

“Es preciso acotar que en el presente caso la información solicitada no tiene el carácter de público, sino que se trata de una información privada, al referirse a informaciones bancarias de la doctora Margarita María Cedeño Lizardo, del ingeniero Félix Bautista y del señor Alberto Cedeño”, argumentó el TC en la sentencia 232/17, publicada ayer.

Agregó que a esas personas también les asiste el derecho a la privacidad, tal como lo dispone el artículo 44, numeral 2, de la Constitución.

Explica que el derecho a la información pública está regulado mediante la Ley núm. 200- 04, General de Libre Acceso a la Información Pública, del 28 de julio de 2004, en la cual, señala, se disponen condiciones y restricciones para el ejercicio de ese derecho. Precisó que entre las limitaciones de la ley las disposiciones del artículo 17, letra c, que permite indica que dice “Cuando se trate de información que pudiera afectar el funcionamiento del sistema bancario o financiero”.

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y EL TSA Las informaciones fueron solicitadas a la Superintendencia de Bancos por el señor Alexander Mundaray Rosario, mediante una acción de amparo sometida ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA). El tribunal rechazó la acción de amparo, por lo cual el accionante recurrió esa decisión ante el TC, el cual rechazó el recurso de revisión.

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