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Comunicado

Interior y Policía defiende rechazo a instalar carpa en vía pública

CONSIDERAN QUE LA INSTALACIÓN DE UNA CARPA FRENTE A LA PROCURADURÍA AFECTA NO SOLO LAS OFICINAS CERCANAS, SINO TAMBIÉN A LOS CIUDADANOS

Interior y Policía aclaró que no se ha violentado el derecho a protestar que tienen los ciudadanos, sin embargo, afirmó que estas deben realizarse dentro del marco del respeto a la Constitución y las leyes, sin comprometer el derecho de los demás, el libre tránsito y el desenvolvimiento normal de las instituciones.

A través de un comunicado, el organismo consideró que instalar un campamento durante cinco días y diez horas diarias “es un exceso que vulnera el orden público en una zona donde además de la Procuraduría General de la República, está la Suprema Corte de Justicia, el Congreso Nacional, entre otras instituciones que verían afectadas sus actividades”.

Indicó que la instalación de la carpa, como tenían planificado grupos de protesta, “evidentemente habría afectado el tránsito normal de una avenida principal como la Jiménez Moya, así como el desenvolvimiento de los usuarios y funcionarios de la Procuraduría General de la República y de las múltiples instituciones oficiales que se encuentran en los alrededores de la Feria”.

Agrega que esa actividad habría trastornado también el orden y el derecho que a su vez tienen los demás ciudadanos de transitar por la vía pública sin mayores riesgos ni limitaciones.

“El Derecho constitucional en las protestas pacíficas por parte de cualquier ciudadano u organizaciones públicas, cívicas, religiosas y obreras es debidamente protegido por las instituciones gubernamentales cuando cumplan con el marco reglamentario correspondiente”, manifiesta el comunicado.

Pero aclara que estas siempre deben respetar el derecho de los demás ciudadanos transeúntes y las normas de convivencia civilizada, y agrega que “muestra de ello son los múltiples actos que diariamente se desarrollan en todo el país organizados por diversos grupos sociales, con los cuales, oportunamente, se coordina dicha protección estatal para evitar o minimizar los trastornos que se puedan generar durante o con motivo de la actividad”.

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