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CÓDIGO PENAL

Cárcel al que trabe libertad de expresión

Los funcionarios y agentes del orden público que obstaculicen o impidan que una persona ejerza la libertad de expresión o de manifestación se harán pasibles de penas de hasta dos años de prisión y multas que dupliquen sus salarios una vez el Poder Ejecutivo promulgue el nuevo Código Penal. Así lo advirtió el abogado Namphi Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho, quien señaló que el artículo 292 del proyecto de Código Penal tipifica el delito de abuso de autoridad pública contra la libertad de expresión y establece sanciones que van de uno a dos años de privación de libertad para los funcionarios que incurran en el mismo. El jurista explicó que la disposición constituye una novedad legislativa que se enmarca en las garantías jurisdiccionales que instituye la Constitución para la libertad de expresión, el derecho de reunión y la libertad de cultos. “Igualmente serán pasibles de responsabilidad patrimonial en los términos de las disposiciones del artículo 148 de la Constitución y el 1382 del Código Civil”, dijo. Adujo que de esa manera el funcionario o servidor público que incurra en la práctica de despojar a periodistas de sus equipos o de impedir ilegítimamente que realicen su labor podrá ser sometido a la justicia penal y recibir una sanción correccional, si el Poder Ejecutivo promulga el proyecto de Código Penal en los términos en que fue aprobado por el Congreso. Rodríguez consideró que se trata de una inversión de la lógica del actual Código Penal, que consigna delitos de “lesa majestad”, que agravan las penas por el hecho de que el afectado de difamación sea un funcionario público. “Ahora lo que estamos viendo es que el Código Penal ha girado hacia un deber de protección de parte del funcionario público al ejercicio de la libertad de expresión de los periodistas y de los ciudadanos en sentido general y si falta a ese deber y se constituye en obstáculo para la libertad de expresión entonces es sujeto de persecución penal”, apuntó. Otras prerrogativas que protege el proyecto de Código Penal son el derecho de asociación, el derecho al trabajo, el derecho de reunión y el derecho al libre culto. Con esta sanción el nuevo Código da fuerza coercitiva a las disposiciones de la Carta Magna que erigen estos derechos con rango constitucional.

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