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Califican ‘grave’ condicionar el aumento a la reclasificación

El experto en tema laboral, Rafael Alburquerque, indicó que la acción de los empresarios evidencian un desconocimiento a la autoridad.

Rafael Alburquerque. Ex vicepresidente de la República y experto en tema laboral. Rafael (Pepe) Abreu. Presidente del CNUS. José Ramón Fadul . Ministro de Trabajo.

Rafael Alburquerque. Ex vicepresidente de la República y experto en tema laboral. Rafael (Pepe) Abreu. Presidente del CNUS. José Ramón Fadul . Ministro de Trabajo.

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Sergio Cid SolanoSanto Domingo

Ante el llamado que hizo la Confederación Patronal de República Dominicana (Copardom) al sector empresarial para que posponga el aumento del salario mínimo del sector privado no sectorizado para el 30 de mayo, el ex vicepresidente de la República y experto en temas laborales, Rafael Alburquerque, indicó que es grave que los empresarios condicionen el aumento a la reclasificación de las empresas.

“Eso si es grave, porque ellos no pueden condicionarlo. Se puede discutir aparte, pero no pueden condicionarlo”, dijo.

Alburquerque, manifestó que de los empresarios condicionar a que la reclasificación de las empresas se ponga en práctica sin aumentar los salarios incurirán en una violación grave.

“Ahí sí va a dar a lugar a demandas que le pueden perjudicar a los empresarios”, resaltó.

Sostuvo que si los empresarios retardan la aplicación del aumento y la subordinan a la reclasificación se exponen a que sean sancionados en un tribunal y que les salga “más cara la sal que el chivo”.

Aclaró que aquellas empresas que realizan el pago cada 15 días debieron haber hecho el aumento el día de ayer acogiendo de manera correcta la resolución 05-2017 emitida por el Ministerio de Trabajo.

Destacó que en la práctica no va haber una consecuencia perjudical al empresario porque si al 30 de mayo pagan retroactivo, el trabajador se va a abstener a demandar.

Afirmó que la acción del sector empresarial evidencia un “desconocimiento a la autoridad”, pero sin consecuencia práctica.

Posición sindical El presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Rafael (Pepe) Abreu, consideró que los empresarios están cayendo en una acción “totalmente insensata”.

Aseguró que la resolución del Ministerio de Trabajo no habla en sus artículos sobre una previa reclasificación de las empresas.

Explicó que ese tema es delicado y que requiere de la creación de una mesa técnica donde hayan economistas, contables, expertos jurídicos además de la presencia del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, la Dirección General de Impuestos Internos, la Tesorería de la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo.

“Las condiciones no están dadas para hacer una reclasificación en 30 días”, adujo.

Señaló que los empresarios están reteniendo el salario y que esta acción no es una violación laboral “común y corriente”.

Planteó que el sector empresarial no debe seguir alegando más ingredientes negativos en el proceso de aumento salarial. “Creemos que es demasiado lo que los empresarios están haciendo. Ya están debordando la paciencia de la gente que es beneficiaria de este aumento pírrico”, argumentó.

El dirigente sindical expresó que si el Ministerio de Trabajo no actúa, entonces someterán a la justicia a las empresas que violen la resolución.

Posición del ministro El ministro de Trabajo, José Ramón Fadul, anunció ayer que es impostergable el 20% de aumento salarial establecido por el Comité Nacional de Salarios (CNS), mediante la resolución 05/2017, referente al Salario Mínimo Nacional privado no sectorizado.

El funcionario advirtió que la resolución emitida por el CNS tiene fuerza de ley y la misma está vigente. “En eso no hay vuelta floja, porque eso sería violentar la ley y no creo que la Confederación Patronal Dominicana lo haya hecho con esas intenciones”, dijo.

En caso de que algunos patronos no quieran acogerse a la disposición, los trabajadores pueden hacer su debido reclamo y los inspectores del Ministerio de Trabajo pueden levantar la infracción y condenarlo de tres a seis meses de salario mínimo, puntualizó el funcionario. Sostuvo además, que el trabajador puede demitir y demandar por daños y perjuicios a la empresa que haya violentado lo que dispuso el CNS.

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