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Papeleo
REQUISITOS PARA ENTRAR AL PAÍS, DE ACUERDO A LA CIUDADANÍA DEL VISITANTE Según una información suministrada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, conforme a la Ley No. 875 sobre Visados, los extranjeros que viajen a la República Dominicana deberán estar en posición del visado en su documento de viaje, otorgado en uno de nuestros consulados, con excepción de los ciudadanos de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visado y de los ciudadanos de naciones autorizadas a viajar al país provistos de una tarjeta de turista, siempre que la razón de su visita sea con fines turísticos. Sin visa ni tarjeta de turista (válido para extranjeros que deseen ingresar a la República Dominicana y viceversa) *Islandia fue excluido debido a que forma parte del Acuerdo Schengen por tanto no aplican el Acuerdo de Supresión reciproca de Visado con la República Dominicana. Actualmente, este país siendo evaluado para ser incluidos en la lista de países cuyos nacionales ingresan con tarjetas de turismo. *Liechtenstein fue excluido debido a que no están aplicando el Acuerdo de Supresión reciproca de visado. Actualmente, este país siendo evaluado para ser incluido en la lista de países cuyos nacionales ingresan con tarjetas de turismo. Sin visa, valido para portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio: Con uso de la tarjeta de turismo (fines turísticos exclusivamente) *Ciudadanos de Rusia y Ucrania pueden entrar con tarjeta de turismo hasta que se efectué la apertura del consulado dominicano en territorio de estos países. *Ciudadanos de Serbia y Montenegro (Ex Yugoslavia) actualmente requieren de visado para entrar a la República Dominicana. Notas: 2- En caso de querer extender su visita en el país, el turista podrá pasar por las oficinas de la Dirección General de Migración y solicitar una prórroga. Copyright 2008 LISTIN DIARIO | Todos los derechos reservados
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