Santo Domingo.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) tenía reportado ayer un total de 401,671 marbetes vendidos por un monto global de RD$552.8 millones, a sólo diez días de vencer el plazo para la renovación de las placas sin costo adicional para el año 2009.
El plazo para la venta de marbetes por medio de la Internet está punto de vencer, ya que la DGII anunció que por esa vía el vencimiento se cumple una semana antes del plazo pautado al 17 de este mes.
Del total de marbetes vendidos se han realizado 31,169 ventas por el sitio de la Internet, logrando una recaudación de RD$47.6 millones; y 370,502 marbetes por ventanillas para una recaudación de RD$505.2 millones.
La DGII tiene proyectado recaudar RD$1,000 millones por el impuesto anual de derecho a la circulación de vehículos de motor, este año.
El parque vehicular es actualmente de 1,051,708 vehículos de motor, de los cuáles el 48% corresponde a automóviles, el 24% a vehículos de carga y el 20% a yipetas.
Entre las facilidades para la renovación figura el servicio de Internet, mediante el cual los contribuyentes entran al portal de la DGII www.dgii.gov.do, compran el marbete con tarjeta de crédito y lo reciben en el lugar que indiquen, sin importar el punto del país donde se encuentre y sin ningún costo adicional. También han estado a disposición de los contribuyentes 263 puntos de renovación en las principales oficinas de las Asociaciones de Ahorros y Préstamos del país, y los bancos ADEMI, ADOPEM, VIMENCA, de Ahorro y Crédito, de Las Américas y BDA.
Las tarifas para este año se rigen igual que en los dos anteriores: RD$1,200 para los vehículos fabricados hasta el año 2004 y de RD$2,200 para los modelos fabricados desde el año 2005 en adelante. Hay disponibles 261 puntos para la renovación, más el servicio por internet.
Oposición para la renovación
Impuestos Internos reitera que los nuevos propietarios que no hayan realizado el traspaso no tendrán derecho a renovar el Impuesto Anual de Circulación de Vehículos de Motor, Marbete.
De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 492-08, la Dirección General de Impuestos Internos no aceptará la renovación de la placa ni la inscripción de ninguna oposición de garantía sobre vehículo, hasta tanto el adquiriente del mismo no haya satisfecho el pago de los impuestos correspondientes a la transferencia del mismo.